El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de anular diversos preceptos de la ordenanza municipal en la que se define el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio de Madrid, incluidas las definidas como de Especial Protección. De esta manera pueden quedar sin efecto todas las medidas que hagan referencia a estas zonas que su primera versión fue Madrid Central impulsada por la exalcaldesa Manuela Carmen, y que Almeida 'versionó' más tarde.
La decisión la ha tomado la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mencionado tribunal atendiendo a las alegaciones en contra de la citada ordenanza que presentó el grupo municipal Vox. A pesar de rechazar algunas, el tribunal estima los argumentos de los de Abascal en los que hace referencia a "la notoria insuficiencia de los informes previos a la aprobación de la Ordenanza". Argumento similar por el que la Justicia tumbó el Madrid Central de Carmena a petición del Partido Popular (PP).
Más en concreto, el escrito justifica la toma de decisión en línea con la más reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre la elaboración de las ordenanzas municipales. En esa línea, se considera que concurre "manifiesta insuficiencia" del informe de impacto económico previo a la aprobación, y que no permitió realizar "una ponderación adecuada" a la hora de estudiar medidas "equivalentes" y así disminuir un posible "efecto discriminatorio para los colectivos más vulnerables económicamente".
Un factor que para el tribunal es "tan relevante" que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética que consagra el "principio de transición justa". En definitiva, la sentencia subraya que este criterio contempla la "la necesidad de establecer planes genéricos y medidas concretas que consideren las situaciones de vulnerabilidad de colectivos a los que deben ofrecerse medidas de apoyo en el proceso de transición".
Asimismo, la sentencia alude a la afectación de las medidas a miles de vehículos profesionales, lo cual repercutió de forma directa en las condiciones de la competencia y del mercado de estos empresarios. Cuestión que también considera de "singular importancia" y que se tendría que haber tenido en cuenta.
No obstante, los magistrados no ponen en cuestión otros de los recursos de Vox. Por un lado, no cuestiona la potestad de la administración municipal para adoptar las medidas que entienda necesarias para proteger la salud y el medio ambiente, ni tampoco la necesidad de adoptar medidas de control de la contaminación atmosférica.
Eso sí, al no estar ante una sentencia firme, la ejecución no será inmediata y las partes pueden interponer recursos de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por ser esta la competente. Cuestión que han subrayado fuentes del Ayuntamiento de Madrid a laSexta, las cuales afirman que sus servicios jurídicos ya "están analizando la sentencia". Será precisamente cuando "se obtengan las conclusiones" el momento el que "se ofrecerá una valoración", aseguran.
Por su parte, desde el grupo municipal de Vox, Rocío Monasterio, ha celebrado la noticia en una publicación de la red social X en la que ha subrayado que "la libertad puede volver a Madrid", tras "años de trabajo dan sus frutos". De hecho, ha destacado que "solo Vox se ha opuesto frontalmente al Madrid Central de Carmena y de Almeida".