La presidenta de Junts, Laura Borràs, ha sido condenada a cuatro años y medio de prisión y a nueve de inhabilitación por la adjudicación 'a dedo' de hasta 18 contratos a un amigo suyo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC). La sentencia, hecha pública este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), establece las mencionadas penas -la Fiscalía pedía seis de prisión y 21 de inhabilitación- por delito continuado de falsedad en documento oficial y como inductora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil por el troceo de los contratos, como confesó su amigo Isaías Herrero, a quien han impuesto dos años de prisión.
En concreto, se le impone a Borràs penas de prisión de 4 años, 6 meses y un 1 día, multa de 15 meses y un 1 día, con una cuota diaria de 80 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no abonadas, e inhabilitación especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos electivos y de funciones de gobierno o administración, en el ámbito local, provincial, autonómico, estatal o supranacional por 4 años y un 1 día. No obstante, el TSJC ha recogido en dicha sentencia una propuesta de indulto parcial para que la pena no exceda de los dos años y no entre en prisión.
Así lo argumenta el órgano judicial: el fallo explica que la acumulación real y la suma de las penas previstas para el delito de prevaricación administrativa con las dispensadas para el delito continuado de falsedad documental cometidos "lleva a considerar excesiva la duración de la pena privativa de libertad en la medida en que no admite ninguna posibilidad de que pueda acogerse a las fórmulas sustitutivas de cumplimiento". Y, por ello, la decisión ha sido "proponer elevar al Gobierno una propuesta de indulto parcial de la pena de prisión en aquella parte que vaya a exceder de los dos años".
La sentencia también incluye un voto particular discrepante que considera que Borràs no cometió falsedad y que entiende que la inhabilitación debe afectar sólo a cargos con facultad de contratación. En este aspecto concreto, el voto discrepante entiende "más ajustado a derecho que la inhabilitación especial abarque a todos aquellos cargos o empleos públicos, sean electivos o no, y en cualquier ámbito, que comporten gestión con facultades de contratación". Y agrega: "La pena de inhabilitación especial referida a todos aquellos empleos o cargos públicos que comporten gestión con facultades en de contratación, tiene un claro componente retributivo y de prevención general y especial, sin olvidar tampoco la resocialización que sin duda constituye el fin primordial de las penas".
La sentencia, en detalle
La sentencia considera probado por mayoría que la adjudicación directa al acusado Sr. Herrero de los trabajos de creación, desarrollo y mantenimiento de la web de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), "en el momento y en las condiciones en que quedó consolidada, prescindiendo de todo procedimiento regular, hizo quebrar todos los principios que rigen en materia de contratación pública, entre ellos, el de publicidad y transparencia, el principio de libre acceso y concurrencia de licitadores interesados en la prestación del servicio, así como los principios de no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, además de la libre competencia en la conformación de los precios, principio determinante de una eficiente utilización de los fondos públicos gestionados, en este caso, por la ILC".
Explica además que "la adjudicación realizada por Borràs i Castanyer en favor de Herrero Florensa, además de haberse aprobado con absoluta ajenidad a cualquier procedimiento de contratación, carece de toda descripción sobre las características de los trabajos o servicios a prestar por el adjudicatario, como son desconocidas las condiciones esenciales de la prestación comprometida, entre ellas los términos y plazos de entrega, duración del contrato, precio y cálculo de valor de los servicios adjudicados". Para la mayoría del tribunal, ello evidencia que "se trató de un contrato diseñado, decidido y ejecutado con único sometimiento a la voluntad personal de quien tenía toda la autoridad para contratar y autorizar su pago, Borràs como directora de la ILC".
Asimismo, se considera que "el encargo y la adjudicación de los trabajos encomendados a Herrero, para la creación, desarrollo y mantenimiento de la web de la ILC, lo realiza Borràs como directora de la ILC, y por tanto como órgano de contratación de la institución, con plena conciencia de que estaba encargando unos trabajos y produciendo una adjudicación directa que prescindía de los más elementales requisitos previstos para la contratación administrativa, conociendo como conocía la existencia de un concierto de la Generalitat con el CTTI que recomendaba asignar a este centro tecnológico el desarrollo y gestión de todas las TICs del Govern de la Generalitat y sus entes dependientes, como también sabía y era consciente de que los contratos de obras o servicios debían sujetarse a los procedimientos de contratación vigentes y vinculantes para todas las administraciones públicas".
"Esta sentencia no es justa"
"Reclamaré una absolución que con toda seguridad". Así se ha expresado Borràs en una declaración pública tras conocer la sentencia, que ha denunciado insistiendo en su inocencia: "Prisión e inhabilitación por delitos que no he cometido". Lo recalcó también en el juicio, a pesar de que sus compañeros, también condenados, reconocieran el amaño de contratos.
Arropada por la gente de su partido, del que también seguirá siendo líder hasta que el Supremo se pronuncie, Borràs también ha advertido de que la sentencia no hará que deje de luchar por la independencia: "Esta sentencia ni es firme ni es justa, y no me impedirá seguir trabajando por el único objetivo por el que entré en política, que es alcanzar la independencia de Cataluña".
"No me paro en la lucha por defender mi honradez, en mi lucha por defender y reclamar una absolución que, con toda seguridad, otro tribunal proclamará", ha asegurado en una declaración institucional a las puertas del Parlament, en la que ha calificado de "aberración judicial" lo ocurrido.