Condena de mínimos

Luis Rubiales considera injusta la condena por agresión sexual a Jenni Hermoso y recurrirá la sentencia

El contexto Según ha podido saber laSexta, Rubiales recurrirá el fallo del juez de la Audiencia Nacional que le condena a una multa de 10.800 euros por el beso no consentido a la jugadora. Pero por otro lado, también lo hará Jenni Hermoso.

Recurrirán la sentencia

Luis Rubiales considera injusta la sentencia que le condena por agresión sexual a Jenni Hermoso. Según ha podido saber laSexta, recurrirá el fallo del juez de la Audiencia Nacional que le condena a una multa de 10.800 euros por el beso no consentido a la jugadora. Pero por otro lado, también lo hará Jenni Hermoso.

Por ahora, la jugadora guarda silencio, pero sí hay reacción de sus compañeras de la Selección. Irene Paredes presenció en primera persona el bochorno de la final del Mundial, lo narró en calidad de testigo en el juicio y unas horas después del fallo del juez ha dado su opinión. La sentencia, le parece, se le queda corta.

"Me parece acertada la condena por agresión sexual, lo que me parece algo llamativo, raro, es que no haya condena por las coacciones", ha asegurado la jugadora en una rueda de prensa.

La sentencia por la ya probada agresión sexual de Luis Rubiales ha dejado muchas preguntas. Las defensas del expresidente de la Federación y de Jenni Hermoso han confirmado a laSexta que van a recurrir.

La defensa de Luis Rubiales va a pedir la absolución. Por otro lado, la defensa de Jenni Hermoso va a pedir que haya una condena por coacciones, que se agrave esa condena por agresión sexual. Todos tienen qué ganar y qué perder. Dos recursos, el primero ante la sala de lo penal de la Audiencia Nacional con tres jueces; el segundo, en casación ante el Tribunal Supremo con cinco jueces.

No fue un "besito", fue una agresión sexual

Las dos partes recurrirán una sentencia que es clara: lo que Rubiales definió como un "besito", en realidad fue una agresión sexual. El juez de la Audiencia Nacional lo ha visto probado por las imágenes y el propio testimonio de la jugadora Jenni Hermoso, quien asegura que nunca dio su consentimiento.

"En ningún momento busqué ese acto y ni mucho menos me lo esperé porque a mi persona creo que se le faltó al respeto. Ni sentí ni vi gestualizar con su boca ningún tipo de pregunta", aseguró la jugadora durante el juicio.

El juez ha dado credibilidad a esas palabras de Jenni Hermoso. Lo demuestra, entre otras cosas, incluyendo en la sentencia una descripción similar a la que hizo la jugadora. El juez ha visto probado que Rubiales "sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y, sin consentimiento ni aceptación de la jugadora, le propinó un beso en los labios".

Un gesto que, y aquí está otras de las claves de la sentencia, "tiene una clara connotación sexual". Porque, explica el juez, por mucho que Rubiales conociera a la jugadora, no es el gesto habitual para saludarse.

Sin embargo, el juez en ningún caso percibe que Rubiales utilizara "su posición de presidente de la Federación", su superioridad, para besar en la boca sin consentimiento a Jenni Hermoso. Asegura que fue un gesto reprobable, pero propio "de la euforia de la celebración".

Un gesto que el juez ve probado que es una agresión sexual pero por el que Rubiales no va a ir a la cárcel. Se va a saldar con una multa de 10.800 porque considera que un beso no consentido está en el escalón más bajo del delito de agresión sexual. Que, siendo agresión, no puede haber nada más leve que un beso no consentido.

Las defensas van a argumentar que, evidentemente, hubo superioridad porque Luis Rubiales era el presidente de la Federación Española de Fútbol y, por tanto, un superior jerárquico de una futbolista y que esa pena tiene que alcanzar al menos la cárcel, un año de prisión.

Multa de 10.800 euros para el Estado y de 3.000 para Hermoso

Rubiales no va a ir a la cárcel, pero el juez sí que le ha impuesto una multa de 10.800 euros. Una cantidad mucho más alta que la indemnización que deberá pagar a Jenni Hermoso, que son 3.000 euros.

Hay que distinguir las dos cantidades. Los 10.800 euros de multa van para el Estado. En este caso se impone esta multa porque es un delito de carácter leve, en lugar de la pena de prisión.

Los 3.000 euros, en cambio, van para la víctima, para Jenni Hermoso, en concepto de los daños morales que le causó ese beso no consentido. Ahí sí se tiene en cuenta la capacidad adquisitiva del condenado, no en la multa, pero se puede considerar bajo porque la Fiscalía pidió 50.000. En cambio, podría no ser tan bajo si se compara con otras indemnizaciones que se dan a víctimas de agresiones sexuales con penetración. Hay sentencias en las que la indemnización es de 10.000, 15.000 o 20.000 euros.

Rubiales cometió un delito de agresión sexual. pero el expresidente de la Federación y los otros tres acusados han sido absueltos de coacciones. El juez considera que ni Jorge Vilda, exseleccionador femenino; ni Rubén Rivera, exresponsable de Marketing de la Federación; ni Albert Luque, director de la selección masculina coaccionaron a Jenni Hermoso ni a su entorno.

Es la decisión del juez, pero cuesta asimilarlo recordando los mensajes que Luque envió a una amiga de la jugadora. "Me parece tan injusto, tan injusto, lo que le está haciendo (Jenni Hermoso) a Luis (Rubiales). Me parece de tanta bajeza humana la actitud de Jenni, tan poca empatía y humanidad. Un simple gesto, quitarle a una persona el marrón más grande de su vida. Sabiendo ella que hay mala fe. Subiéndose al carro para matarlo. Pero dile a Jenni de mi parte que esto son dos días y se encontrará después solita, solita. Y yo, que no soy de alegrarme del mal de nadie, esta vez estaré contento por primera vez en mi vida. Porque es la primera vez que he visto una injusticia enorme de una persona sin corazón y encima se tatúa. Pero quién te crees que eres tú, chica", son solo algunos de los mensajes leídos por la fiscal en el juicio.

Ha habido un punto fundamental en las declaraciones de los testigos, los imputados y la propia Jenni Hermoso para que el juez no apreciara esas coacciones. El juez considera que no se dan los requisitos que exige el tipo penal de coacciones, es decir, que no hubo ni violencia, ni intimidación, ni en el estadio, ni en el autobús, ni en el avión ni tampoco en el viaje a Ibiza. Considera que hubo presiones, pero que no tienen la entidad suficiente para ser consideradas coacciones.