Tras concluir el estado de alarma, la Justicia se ha pronunciado sobre las restricciones que el Gobierno canario quería mantener en las islas, algunas de las cuales finalmente ha tumbado, incluyendo el toque de queda. Sin embargo, el Ejecutivo canario ha anunciado un recurso ante el Tribunal Supremo y considera que, entretanto, seguirán vigentes las medidas.
El Tribunal Superior de Justicia del archipiélago, no obstante, ha rechazado ratificar la limitación de la libertad de circulación en horario nocturno, para la que el Gobierno canario contempla diferentes horarios en función del nivel de alerta de cada isla: a medianoche hasta el nivel 1, a las 23:00 horas en el 2 y 3 y a las 22:00 en el nivel de mayor riesgo, el 4.
De igual forma, la sala ha rechazado que se mantenga la limitación de la entrada y salida de personas en las islas que se encuentren en niveles de alerta 3 y 4, los más altos que prevé el 'semáforo' epidemiológico que se aplica en Canarias.
No obstante, la sala sí ha avalado las limitaciones a las reuniones, que difieren según el nivel de alerta de cada isla:
a) Hasta el nivel de alerta 1, se establece un número máximo de 10 personas.
b) En el nivel de alerta 2, máximo 6 personas
c) En el nivel de alerta 3, máximo 4 personas
d) En el nivel de alerta 4, máximo 2 personas
En cuanto a los aforos en lugares de culto, el tribunal confirma su limitación conforme el nivel de alerta, pero rechaza que la celebración de actos religiosos en exteriores o en la vía pública requiera autorización.
Por otra parte, el Gobierno canario decidió esta semana mantener los controles a los viajeros en los puertos y aeropuertos del archipiélago, una medida sobre la cual no se ha pronunciado la Justicia, y que, en principio, se mantiene.