El Consejo de Ministros aprueba hoy, en segunda vuelta, dos proyectos de ley en el ámbito de la educación.
Por un lado, a partir de ahora los grados de Formación Profesional serán en modalidad dual. Es decir, todos los alumnos realizarán prácticas en empresas entre un 25% y un 50% de su formación. Además, se creará una pasarela universitaria.
En segundo lugar, se aprueba el proyecto de Ley de Convivencia Universitaria enfocada a acabar con las novatadas, los plagios o el acoso sexual dentro de las instituciones educativas. El pasado mes de mayo se aprobó el anteproyecto, poniendo fin al Reglamento de Disciplina Académica de los Centros de Enseñanza Superior y Enseñanza Técnica firmado por Franco en 1954 y todavía vigente.
A partir de ahora, realizar novatadas con grave menoscabo de la dignidad de las personas, el acoso o el plagio son conductas que podrán ser castigadas con la expulsión de dos meses a tres años de la universidad.
Así serán las faltas muy graves, graves y leves de la nueva ley
Entre las faltas "muy graves" que contempla el nuevo proyecto se encuentra el plagio "total o parcial" de una obra o cometer fraude académico en la elaboración de un trabajo de fin de grado, fin de máster o tesis doctoral. Alterar o falsificar documentos académicos, la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, incumplir las normas de salud pública o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria también son consideras faltas muy graves, sancionadas con la expulsión de dos meses a tres años y la pérdida de la matrícula.
Entre las faltas graves se encuentra apoderarse indebidamente de exámenes o falsear sus resultados, impedir la celebración de actividades universitarias o acceder sin permiso a los sistemas informáticos de la universidad, entre otros. Para estos casos se podrá expulsar al alumno durante un mes o la pérdida de la matrícula de la asignatura en la que se haya cometido el fraude.
El proyecto establece, por último, las faltas leves, que se solventan con una amonestación privada que puede ir acompañada de medidas sustitutivas de carácter educativo o recuperador. Se consideran faltas leves el acceder a instalaciones universitarias a las que no se tenga autorizado el acceso, actuar para copiar el contenido de exámenes a través de medios que no se consideren graves o muy graves, o realizar actos que deterioren de forma no grave el patrimonio de la universidad.