laSexta ha tenido acceso al borrador del Plan de Respuesta Temprana que prepara el Ministerio de Sanidad y que presentará a las diferentes comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Tendrá como objetivo aglutinar unos criterios básicos para evaluar la situación de la pandemia decoronavirusen cada territorio y fijar así un nivel de alerta con criterios unificados.
En ese documento -que no es definitivo- se exponen hasta cuatro niveles de alerta que conllevarán la obligación de aplicar actuaciones mínimas en los territorios afectados. Para evaluar esos niveles de alerta se tendrán en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial, la capacidad de salud pública y las características y vulnerabilidad de la población de riesgo. De esta forma, los indicadores de riesgo se dividirán en dos bloques y en cinco niveles de gravedad:
El bloque 1 incluirá la incidencia acumulada en 14 días, la incidencia acumulada en 7 días, la incidencia acumulada de mayores de 65 años en 14 días, la positividad global de las PDIA por semana y el porcentaje de casos con trazabilidad.
El bloque 2 incluirá la ocupación de camas de hospitalización por COVID-19y la ocupación de camas UCI por casos de coronavirus.
En la tabla que acompaña estas líneas puedes observar los valores que deberá tener cada indicador para considerar la situación de alerta como extrema, alta, media, baja o de nueva normalidad.
Atendiendo a los indicadores expuestos en la tabla se podrán determinar los niveles de alerta para cada territorio. A pesar de que el borrador fija estas variables, también señala que la decisión final "no solo se fundamentará en el nivel de riesgo resultante de los indicadores" sino que "deberá modularse con la tendencia ascendente del indicador y su velocidad de cambio".
Además, en territorios pequeños, a parte de los indicadores generales se tendrán en cuenta el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días, la proporción de casos nuevos asociados a brotes, la tasa de ataque secundaria y la existencia de puntos calientes.
Una vez asignado el nivel a cada unidad territorial, que podrá ser desde una comunidad a un municipio o zona, se aplicarán una serie de actuaciones de respuesta detalladas a continuación.
Nivel de alerta 1
Se considerará nivel de alerta 1 cuando al menos dos indicadores del bloque 1 y uno del bloque 2 están en nivel bajo y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad. El territorio afectado deberá implementar estas actuaciones de respuesta:
- Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable (GCE)
- Limitar reuniones a un máximo de 10 personas en caso de no pertenecer al mismo GCE e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento físico y prevención
- En velatorios un máximo de 25 personas en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad
- En ceremonias como bodas no se deberá superar el 50% del aforo (con máximo de 75 personas)
- Se deberá recomendar la limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada
- Reducción al 50% del aforo en los centros de culto
- Los comercios deberán reducir su aforo a un 75% y los mercados al aire libre podrán abrir con un 75% de los puestos habituales
- Las terrazas al aire libre con el 75% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas
- Los locales de restauración podrán abrir con un 75% de su aforo interior y deberán garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros. Se prohibirá el consumo en barra.
- Los locales de ocio nocturno deberán permanecer cerrados
- Las residencias de mayores deberán limitar las salidas de residentes, así como limitar visitas garantizando las medidas de prevención e higiene
- Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada deberán reducir el aforo a un 75%
- Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 75%
- Museos y exposiciones a 75% del aforo
- Visitas a monumentos a 75% del aforo
- Instalaciones y centros deportivos en interior: 75% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.
- Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 75%
- Se respetará el límite del 75% de aforo en piscinas. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua
- Se establecerán limitaciones al acceso a playas. Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación.
- Limitar aforo 75% de estaciones de esquí
- Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades y revisar capacidades instaladas de trazabilidad de contactos
- Reforzar el software de seguimiento retrospectivo de contactos, así como la geolocalización de casos y equipos de intervención de campo mixtos epidemiología/asistencial de la zona
- Disponibilidad de plazas en hoteles o lugares habilitados para el aislamiento y la cuarentena de personas que no pueden realizarla en su domicilio
- Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades asistenciales en atención primaria y atención hospitalaria.
- Modificaciones legislativas para que los laboratorios no sanitarios puedan realizar actividad diagnóstica previa solicitud
Nivel de alerta 2
Se considerará nivel de alerta 2 cuando al menos dos indicadores del bloque 1 y uno del bloque 2 están en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior. El territorio afectado deberá implementar estas actuaciones de respuesta:
- Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable (GCE)
- Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo GCE
- Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años
- En velatorios un máximo de 15 personas en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad
- En ceremonias como bodas no se deberá superar el 30% del aforo (con máximo de 35 personas)
- En actividades científicas como congresos o cursos, máximo 20 asistentes, según tamaño del lugar y siempre garantizando la distancia de seguridad
- Se deberá recomendar la limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada
- Reducción al 50% del aforo en los centros de culto. Prohibición de cantar
- Limitar aforo al 60% en autobuses, metro, trenes, aviones
- En taxi no más de dos pasajeros, salvo que sean un GCE y sin ocupar el asiento de copiloto
- Los comercios deberán reducir su aforo a un 50% y los mercados al aire libre podrán abrir con un 50% de los puestos habituales. Habrá horario prioritario para personas mayores de 70 años
- Las terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas
- Los locales de restauración podrán abrir con un 50% de su aforo interior y deberán garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros. Se prohibirá el consumo en barra.
- Los locales de ocio nocturno deberán permanecer cerrados
- Las residencias de mayores deberán limitar las salidas de residentes, así como limitar visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión
- Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada deberán reducir el aforo a un 50%
- Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 50%
- Museos y exposiciones a 50% del aforo
- Visitas a monumentos a 50% del aforo
- Instalaciones y centros deportivos en interior: 50% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.
- Eventos deportivos no profesionales sin público
- Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 50%
- Se respetará el límite del 50% de aforo en piscinas. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua
- Se establecerán limitaciones al acceso a playas. No se pueden usar duchas, aseos y vestuarios
- Limitar aforo 50% de estaciones de esquí
- Refuerzo del 20-30% de capacidades de Salud Pública
- Solicitar la emisión de normativa para forzar el aislamiento en hoteles o centros no sanitarios
Nivel de alerta 3
Se considerará nivel de alerta 3 cuando al menos dos indicadores del bloque 1 y uno del bloque 2 están en nivel alto y el resto de indicadores en un nivel inferior. El territorio afectado deberá implementar estas actuaciones de respuesta:
- Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia estable Limitar
- Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo GCE
- Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años
- En velatorios un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad
- En ceremonias como bodas no se deberá superar un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 personas en espacios abiertos
- En actividades científicas se restringen solo a la forma telemática
- Se valorará la limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada excepto para actividades esenciales como ir a trabajar, acudir a centro educativo o centro sanitario
- Reducción al 30% del aforo en los centros de culto. Prohibición de cantar
- Limitar aforo al 30% en autobuses, metro, trenes, aviones
- En taxi no más de dos pasajeros, salvo que sean un GCE y sin ocupar el asiento de copiloto
- Los comercios deberán reducir su aforo a un 25% y los mercados al aire libre podrán abrir con un 25% de los puestos habituales.
- Las terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas
- Los locales de restauración no podrán abrir en interiores
- Cierre de salas de bingo, casinos, salones recreativos y locales de apuestas
- Los locales de ocio nocturno deberán permanecer cerrados
- Las residencias de mayores deberán suspender las salidas de residentes, así como limitar visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión
- Suspensión de la actividad de centros de día
- Los centros educativos deberán valorar la educación semipresencial
- Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada deberán reducir el aforo a un 30%
- Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 25%
- Museos y exposiciones a 25% del aforo
- Visitas a monumentos a 25% del aforo
- Instalaciones y centros deportivos en interior: 25% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.
- Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: cerrados
- Suspensión de eventos deportivos no profesionales
- Acceso a playas solo para pasear o hacer deporte
- Estaciones de esquí cerradas
- Refuerzo de más del 30% de capacidades de Salud Pública
- Activación de los planes de contingencia en atención sanitaria ante el incremento de casos (reorganización de circuitos, priorización de actividades asistenciales, reasignación de camas etc.)
Nivel de alerta 4
Se considerará nivel de alerta 4 cuando al menos dos indicadores del bloque 1 y uno del bloque 2 están en nivel muy alto y el resto de indicadores en un nivel inferior.
En este nivel se aplicarán todas las restricciones contempladas en el nivel 3 de alerta y además se tomarán "medidas excepcionales" tras una evaluación específica de la situación y que podrán incluir "limitación de movilidad de las personas", "cierres perimetrales" u "otras restricciones de movimiento".