La renovación del Poder Judicial se encuentra en la situación más compleja registrada hasta la fecha a razón de los últimos movimientos políticos. El Tribunal Constitucional ha decidido aplazar al lunes el pleno extraordinario y urgente que iba a celebrarse hoy para decidir sobre la admisión a trámite del recurso presentado por el Partido Popular. La formación había pedido frenarcon medidas cuatelarísimas los procesos para la renovación del Poder Judicial y el propio TC que se pretendían aprobar este mismo jueves, en el Congreso de los Diputados, a través de enmiendas a la reforma del Código Penal.
Según fuentes del Tribunal Constitucional consultadas por laSexta, la reunión del pleno ha concluido sin acuerdo y, tras la petición de varios magistrados del sector progresista, se ha decidido aplazar la reunión hasta el próximo lunes por la complejidad del asunto que están tratando; también, tal y como han indicado esas mismas fuentes, por los problemas que presentan los nuevos escritos que han llegado al Constitucional. Es decir, tanto el escrito del PSOE, partido que pedía personarse ante el Constitucional para evitar la suspensión del trámite de la reforma del Código Penal programada para este jueces, como el intento de Unidas Podemos de apartar al presidente, Pedro González-Trevijano, y al magistrado conservador Antonio Narváez de la votación.
Por tanto, no habrá hoy resultado de esa medida planteada por los populares para paralizar las reformas legislativas que exigen ya la renovación del Constitucional. No obstante, la ausencia de la decisión del Constitucional no impide que el Congreso de los Diputados pueda votar, previsiblemente esta misma tarde, la tramitación de esa reforma. Todo este lío judicial comenzaba este mismo miércoles, 14 de diciembre, cuando Cuca Gamarra, portavoz del GPP y secretaria general del PP, anunciaba el recurso de amparo presentado por su grupo ante el Tribunal Constitucional contra dos enmiendas de PSOE y Podemos que instaban a reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Alto Tribunal. En concreto, solicitaba al TC que, como medida cautelarísima, suspendiera la ejecución de los acuerdos que afectan a la tramitación de dichas enmiendas.
Un movimiento que no gustó nada a los dirigentes del PSOE y de Unidas Podemos que conforman el Gobierno, así como a ninguno de los partidos que componen el bloque de izquierdas del arco parlamentario. Minutos antes de la medianoche de ese mismo 14 de diciembre, los socialistas emitían un escrito en el que pedían personarse en el caso planteado por los populares ante el Constitucional. En ese documento, al que ha tenido acceso laSexta, alegaban que vetar su participación en ese proceso de amparo tendría "una incidencia directa en el derecho fundamental de todos los diputados de imposible reparación". Además, denunciaban: "Se está tramitando el procedimiento de amparo aun cuando no consta la admisión a trámite del mismo".
Por ello, reclamaban que se les tuviera por personados, comparecidos y parte del procedimiento "ante la urgencia de la medida cautelar solicitad, siendo evidente el interés legítimo como parte en el mismo". En ese mismo documento, el PSOE apuntaba que debía recibir "trámite de alegaciones" y aprovechaba dicho escrito para realizar, en "términos de estricta defensa y aun desconociendo en todos sus términos la demanda, las alegaciones oportunas, solicitando que no se adopte medida cautelar alguna".
Los socialistas denunciaban que el procedimiento de amparo del PP no se ajusta a la legalidad y al procedimiento estipulado
¿Qué alegaciones? La primera, que para la adopción de una medida cautelarísima es necesario que exista un perjuicio de difícil reparación con la acción a impugnar. "En este caso, se puede afirmar, sin género de duda, que no pueden existir esos perjuicios de difícil reparación, dado que el procedimiento legislativo no ha concluido y la tramitación proseguirá de acuerdo con las previsiones de la Constitución y de los Reglamentos Parlamentarios", se señala en el escrito, donde se apunta además que "la exigencia de excepcionalidad de la suspensión que se aplica respecto de los actos impugnados en el amparo de referencia hacen, de nuevo, inviable la asunción de que quepa otorgarse suspensiones respecto de un procedimiento legislativo como el que nos ocupa".
Respecto a la segunda alegación, los socialistas recuerdan que el Constitucional estableció que la adopción de la medida cautelar está condicionada a que "la suspensión no produzca una perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, a los derechos fundamentales o a las libertades públicas de un tercero". Consideran "evidente" en la formación de Sánchez que, en este caso, la adopción de la medida cautelar "provoca una perturbación en un interés constitucionalmente protegido", y más aún: la cautelarísima "afectaría a uno de los fundamentos de nuestra democracia", y acordar "la suspensión de un procedimiento legislativo que se está desarrollando en este momento en las Cámaras supondría afectar directamente al mismo".
Finalmente, agregan que "existiría una vulneración del derecho de participación política de los diputado en el caso de que se suspendiera el procedimiento y no se permitiera el debate y votación de la Proposición de Ley, con todas aquellas enmiendas que han sido incorporadas en el curso del proceso por las mayorías pertinentes"; también invocan "la autonomía parlamentaria", entendiendo que la adopción de una medida cautelarísima "supondría una vulneración de dicha autonomía, pues conllevaría presumir la falta de legalidad de las decisiones que han tomado los órganos de Gobierno de la Cámara (elegidos por los Diputados) y la mayoría de los Diputados que han votado y aprobado los textos en las distintas fases del procedimiento legislativo".
La reclamación de los populares
A primera hora de la mañana el Tribunal Constitucional respondía: convocaba un pleno de urgencia para estudiar las medidas cautelarísimas solicitadas por el PP. En un principio, el encuentro iba a tener lugar a las 10:00 horas, pero Unidas Podemos se adelantó al pedir en otro escrito presentado ante el TC la recusación de González-Trevijano y de Narváez al considerar que no son imparciales para decidir sobre el recurso del PP. El presidente de Unidas Podemos, Jaume Asens, detallaba precisamente que el presidente del Constitucional "tiene el mandato caducado y es anómalo que participe en una decisión que le incumbe a él directamente".
A este movimiento se sumaba otro de Vox, también producido en la mañana del jueves: la extrema derecha solicitaba medidas cautelares al Constitucional para evitar la celebración del mencionado pleno. Tal y como comunicó la formación, presentaron un recurso de amparo -aunque sin entrar en las cautelarísimas- para declarar nula la tramitación de la inclusión en el orden del día del pleno del Congreso de las reformas. Pero ¿cuáles son esas dos reformas impulsadas por los partidos que conforman el Gobierno? La primera, para modificar, de mayoría de 3/5 a mayoría simple, la elección de los dos magistrados del Constitucional que tiene que nombrar el CGPJ; la segunda, para eliminar el plácet de admisibilidad en el propio TC para los nuevos magistrados.
Se trata esta última de un trámite en el que se revisa si los candidatos cumplen con los requisitos de formación y experiencia profesional. Esas medidas se han incluido en un recurso de amparo por vulneración de los derechos fundamentales de los diputados del Grupo Popular. La figura está recogida en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Tribunal Constitucional. Si la ley ya estuviera aprobada, se tendría que presentar un recurso de inconstitucionalidad. Sin embargo, en este caso, el único que tiene la prerrogativa de provocar la suspensión de la ley recurrida con la admisión a trámite del recurso es el Gobierno.
El PP argumenta en su recurso que no se puede reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y la Ley Orgánica del Poder Judicial utilizando una reforma del Código Penal. También dice que la Constitución no se puede renovar por sextos (al querer incluir en el Pleno ya a los dos magistrados propuestos por el Gobierno) sino por tercios cada tres años. Todo lo cual supone, según el PP, "un atentado a la separación de poderes y una quiebra grave del Estado de Derecho". Lo cierto es que España se encuentra ante uno de los plenos más polémicos y controvertidos de toda la historia del Constitucional; un tribunal con varios magistrados con mandato caducado que se va a reunir a una velocidad vertiginosa, como nunca, para impedir que el Congreso de los Diputados apruebe los cambios legislativos que facilitarían la renovación de esos magistrados que no deberían seguir ahí.