Una vez se ha consumado el freno del Tribunal Constitucional a la reforma del Ejecutivo para renovarlo tras meses de bloqueo, tras aceptar un recurso de amparo presentado por el Partido Popular, y después de aceptar las medidas cautelarísimas exigidas por la oposición que paralizan la ley, llega el turno del trámite de las medidas cautelares a la citada reforma. El Constitucional ha dado diez días a la Fiscalía, al Congreso y a los diputados socialistas y de la formación morada para que realicen alegaciones en el trámite de cautelares.
Así consta en la parte dispositiva del auto, aunque apunta que los parlamentarios carecen de legitimación para poder recusar a los magistrados. "Emplazar al Congreso de los Diputados, por conducto de su presidenta, para que comparezca en este proceso constitucional por plazo de diez días, en calidad de parte demandada en el procedimiento. Igualmente, póngase en conocimiento del Ministerio Fiscal la admisión a trámite de este recurso, a los efectos de su intervención en el mismo [...]", reza el escrito del Constitucional.
Un escrito que, como se ha indicado, también ha acordado tener por personados "por ostentar interés legítimo" a Jaume Asèns, presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos; a Txema Guijarro, secretario general del mismo; a Pablo Echenique y Enrique Santiago Romero, portavoces de dicho grupo; a María Isaura Leal, secretaria general del grupo parlamentario Socialista; a María Fernández Álvarez, portavoz adjunta del grupo parlamentario Socialista en el Senado, a Felipe Sicilia Alférez, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados; y a Roberto Uriarte, vicepresidente de la Comisión de Justicia del Congreso.
Eso sí, el Tribunal ha advertido en esa parte dispositiva que "dichos coadyuvantes carecen en este momento procesal de legitimación para instar la recusación de los magistrados del Tribunal Constitucional, por no estar constituida la relación jurídico-procesal, sin que ello comporte la vulneración del derecho al juez imparcial que garantiza el art. 24.2 CE". En consecuencia, se ha indicado en el escrito, procede "inadmitir a trámite las recusaciones planteadas".
Una vez resueltas las cautelares, es el momento en el que el Constitucional ya podría entrar en el fondo del asunto. Esto es, la declaración de inconstitucionalidad -o no- de la reforma legislativa que ha suspendido de forma cautelar. Esto se sustanciaría en una sentencia, de la que será ponente el conservador Enrique Arnaldo, y en la que se analizará si la reforma legislativa es inconstitucional por incluir enmiendas que no tienen relación con el objeto de la ley.
Contra esta no cabría recurso, aunque en última instancia los grupos del PSOE y Unidas Podemos podrían presentar una demanda de amparo ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo. El veto del Tribunal Constitucional a la tramitación de la ley que pretendía desbloquear su renovación, bloqueada desde hace meses por parte de los vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial, ha provocado un choque institucional sin precedentes en la historia de nuestro país, con el órgano de garantías bloqueando por primera vez una enmienda a una proposición de ley que todavía no había entrado en vigor ni había sido debatida en las Cortes.