Sentenciado por agresión sexual
Rubiales recurre su condena y afirma que el beso a Hermoso "fue un signo de euforia, no un delito"
¿Qué están diciendo? Según la defensa del expresidente de la RFEF, fue "un beso entre amigos, sin connotación sexual" y hablan de "duda razonable" para valorar los hechos como "delito de agresión sexual".

Resumen IA supervisado
Luis Rubiales ha recurrido la condena de la Audiencia Nacional por el beso no consentido a Jennifer Hermoso durante la final del Mundial de fútbol en Sidney. Su defensa argumenta que el beso fue un gesto de euforia sin connotación sexual y cuestiona la valoración de la prueba pericial. Además, señala que no se ha demostrado la falta de consentimiento y subraya una "duda razonable" en la declaración de Hermoso. La Fiscalía también ha apelado, solicitando la anulación del juicio por infracciones procesales y pidiendo una nueva celebración con un juez imparcial. Además, busca revocar la sentencia para imponer un año de prisión a Rubiales y una indemnización mayor para Hermoso.
* Resumen supervisado por periodistas.
Luis Rubiales ha recurrido la condena de la Audiencia Nacional por su beso no consentido a Jennifer Hermoso en la final del Mundial de fútbol de Australia y Nueva Zelanda, celebrada en Sidney. La defensa de quien fuese expresidente de la RFEF argumenta que dicha acción "fue un signo de euforia, no un delito".
Así dice el documento presentado por su defensa, que expresa que "fue un beso entre amigos, sin connotación sexual". "Por la concreta situación en la que se produce el beso, su carácter fugaz, y los usos y costumbres sociales actuales, ese beso podía constituir un signo o muestra de alegría, en un momento de efusión por la victoria del Mundial por parte de la Selección".
Además, cuentan que el relato de hechos probados "no expresa que el ánimo de Rubiales al dar el beso fue el de satisfacer un apetito sexual", e insisten en que "no se ha demostrado la ausencia de consentimiento".
Afirman que hay una "duda razonable"
"Estas pruebas, el vídeo remitido por la Policía Judicial al Juzgado Central de Instrucción número 1, con la expresa mención que es el vídeo usado en la pericial de lectura de labios aportada y propuesta por la representación procesal de Rubiales, y la prueba pericial de determinación de una eventual manipulación del vídeo de TikTok permiten concluir que se ha producido un grave y patente error en la valoración de la prueba pericial de lectura de labios. Su cuestionamiento es infundado de acuerdo al resto de pruebas en relación al origen del vídeo", explica su defensa.
Y sentencian, apuntando a la declaración de Jennifer Hermoso: "Creemos que destaca la inconsistencia de la prueba de cargo, especialmente en la declaración de la señora Hermoso, pues la totalidad de la prueba practicada en el acto del Juicio Oral apunta, al menos, a la objetiva concurrencia de una duda razonable respecto a la valoración de los hechos como delito de agresión sexual".
Fiscalía pide anular el juicio
Luis Rubiales, por el beso no consentido a Jenni Hermoso en la final de Sidney, fue condenado por la Audiencia Nacional a una multa de 10.800 euros por agresión sexual. Sentencia que todas las partes han recurrido.
La Fiscalía, incluso, ha presentado un recurso de apelación y ha pedido anular el juicio a Rubiales al considerar que la actitud del juez no fue la adecuada. La fiscal Marta Durántez ha presentado, como argumentos, una "infracción de normas y garantías procesales que genera indefensión". En este sentido, pide que el juicio se celebre de nuevo y se admita la prueba interesada por la Fiscalía "indebidamente denegada" y que se le permita "realizar las preguntas que fueron indebidamente inadmitidas de forma reiterada durante la vista".
También aduce una "incongruencia de la sentencia" y pide que se declare nula "por indefensión y arbitrariedad" y que se dicte una nueva "en que se aprecien los hechos sometidos a enjuiciamiento, considerando todos los medios de prueba admitidos y practicados".
La fiscal alega asimismo una "infracción de garantías constitucionales y convencionales", en concreto una "lesión del derecho al juez imparcial". Así, interesa "la nulidad del juicio con la consiguiente retroacción de las actuaciones para que deba celebrarse de nuevo por otro magistrado no viciado, cuanto menos, de apariencia de parcialidad".
"Aplicación indebida" del artículo 178.1 del Código Penal
Además, la fiscal también considera que hay una "aplicación indebida" del artículo 178.1 del Código Penal, y pide revocar la sentencia para imponer a Rubiales un año de prisión, así como la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima en un radio de 200 metros durante cuatro años.
Ha solicitado también que se imponga a cada uno de los acusados la pena de un año y seis meses de prisión, así como la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, inhabilitación especial para el ejercicio de profesión relacionada con el ámbito deportivo durante la condena y la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante tres años y seis meses.
Y pide que los acusados indemnicen, de manera conjunta y solidaria, a Hermoso con 50.000 euros. El motivo, que la cantidad fijada por el juez en concepto de responsabilidad civil "es insuficiente teniendo en cuenta las circunstancias concretas del caso".