El BOE ha publicado este viernes una resolución del Ministerio de Sanidad que modifica y amplía la información que las Comunidades Autónomas deben remitir a la administración central para evitar la disparidad de criterios en el conteo de casos de coronavirus.
A partir de ahora deberán enviar el número de casos acumulados, distinguir si han sido detectados por PCR o test rápidos, desglosar si permanecen sintomáticos o asintomáticos e incluir únicamente el número de fallecidos confirmados mediante una prueba diagnóstica.
La decisión llega después de que se desatara la polémica por el cambio de metodología del conteo en Cataluña, que procedió a incluir los fallecidos sospechosos sin confirmar mediante una prueba de diagnóstico, decisión que elevó la cifra de muertes en la región.
La disposición señala que "la evolución de la situación de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma obliga a adaptar y modificar el procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir a este Departamento, para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis".
Los datos se deberán facilitar acumulados
De este modo, a partir de ahora las Comunidades Autónomas deberán enviar a Sanidad los datos acumulados, en lugar de los registrados en las últimas 24 horas como venían haciendo algunas administraciones. Además, tendrán que distinguir entre casos diagnosticados mediante PCR y diagnosticados mediante los denominados test rápidos.
Además,"las comunidades autónomas deberán informar de las unidades de kits de diagnóstico PCR de que disponen y del número de estas pruebas que han realizado cada semana".
La nueva tabla de información también diferencia entre casos confirmados sintomáticos y asintomáticos. Igualmente, solicita que el número de casos ingresados en centros hospitalarios u otros centros habilitados para la atención de pacientes, incluya a los pacientes en las unidades de cuidados intensivos (UCI).
Las comunidades deberán incluir a partir de ahora los datos acumulados de casos confirmados en profesionales sanitarios
Además, aclara que las altas epidemiológicas se refiere tanto a altas hospitalarias como domiciliarias y piden también la información relativa al número de casos confirmados acumulados en profesionales sanitarios.
Fallecidos, solo confirmados
En cuanto al número de fallecidos, el Ministerio de Sanidad pide que se faciliten únicamente los decesos de pacientes confirmados mediante una prueba, y piden también que aclararen cómo se confirmó cada caso: si fueron detectados por PCR o por pruebas de anticuerpos.
Y si hasta ahora solo se tenía en cuenta los fallecidos en hospital, la disposición publicada este viernes aclara que deben incluirse el número de muertos total independientemente del lugar del fallecimiento.
Sobre la información de la situación de capacidad asistencial, Sanidad pide que se remite por cada hospital que trate a pacientes de Covid-19, sea público o privado el número total de camas y distingue entre unidades críticas con y sin respirador. [Consulte aquí la resolución del BOE]