El Tribunal Supremo ha allanado el camino para ejecutar las obras de exhumación de varias víctimas del franquismo enterradas en el Valle de los Caídos, al rechazar el recurso de la Fundación Francisco Franco y un particular que abogaban por paralizar los trabajos.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha dictado una providencia, a la que ha tenido acceso laSexta, que inadmite el recurso de ambas partes contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de levantar la suspensión cautelar de la licencia urbanística para la rehabilitación de los accesos a las criptas.
Ahora, se pueden dar dos situaciones. Patrimonio Nacional puede dar inicio ya a las obras o bien puede esperar a que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Madrid -que tramita este proceso- resuelva el fondo de la cuestión y se pronuncie sobre si la concesión de la licencia para las obras de exhumación incumplen las normas del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
Todo este proceso arrancó en 2016 cuando un juez de San Lorenzo de El Escorial reconoció el derecho de una familia a que los cadáveres de sus allegados fueran exhumados y trasladados adonde decidieran.
Se trata de los hermanos Lapeña Altabás, Manuel y Antonio Ramiro, fusilados en 1936 por los franquistas, enterrados en Calatayud (Zaragoza) y luego reinhumados sin permiso de la familia y de forma subrepticia en el Valle de los Caídos en 1959.
En junio de 2021, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial concedió a Patrimonio Nacional la licencia urbanística para estas obras pero la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica recurrió esta medida porque consideraba que ello influiría en la "necesidad de respetar el sagrado reposo eterno" de los fallecidos y sus familias.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Madrid suspendió en noviembre de ese año la licencia urbanística para la rehabilitación de los accesos a las criptas de la Basílica del Valle de los Caídos para llevar a cabo las exhumaciones del lugar. La jueza tomó esta decisión al entender que "son evidentes los daños que se podrían causar si se procede a efectuar actuaciones antes de que se pronuncie la sentencia definitiva por cuanto la construcción originaria habría desaparecido".
Un año después, el TSJM levantó la suspensión al estimar el recurso de apelación de la abogada del Estado contra el auto del juzgado, pero el fallo del tribunal autonómico fue recurrido en casación por la Asociación, además de la Fundación Franco y de un particular.
Ahora, el alto tribunal ratifica la decisión del TSJM y despeja el camino para desbloquear las obras, que quedan en manos de Patrimonio Nacional.