El Tribunal Supremo ha notificado este miércoles la sentencia íntegra de los ERE, que condena a los expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán como responsables de la trama. En su caso, Chaves es condenado a nueve años de inhabilitación mientras que Griñán recibe seis años de prisión.
De acuerdo con el texto, al que ha tenido acceso laSexta, el Supremo condena a ambos expresidentes ya que establecieron "un sistema de concesión de ayudas sociolaborales para evitar todo control administrativo, disponiendo del dinero público de forma discrecional y al margen de toda legalidad".
Sobre la condena de Griñán, apunta que la malversación se aplica a "quienes concedieron y pagaron las ayudas y a quienes permitieron que se pagaran conociendo que en la gestión concreta de las mismas se estaban produciendo gravísimas ilegalidades".
Al respecto de la condena a Chaves, el texto sostiene que "cometieron prevaricación, no sólo las personas que aprobaron las ayudas sino también quienes otorgaron los convenios que dieron cobertura formal a los pagos y quienes aprobaron las partidas presupuestarias con las que se pagaron las ayudas".
Dos magistradas rechazan la malversación
La sentencia cuenta con un voto particular que firman las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo en el que discrepan de que el tipo penal por el que se condena a Chaves y Griñán, el de malversación, sea de aplicación ya que se atribuyen a los condenados "conductas que realizaron las autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo".
De hecho, las juezas señalan que no existen "pruebas sólidas", más allá de "meras especulaciones", que acrediten que los cinco acusados ajenos a la Consejería de Empleo -entre ellos, Chaves y Griñán- "conocían de forma fehaciente que las ilegalidades prevaricadoras en que incurrían determinaban que otras personas estuvieran cometiendo los actos de menoscabo del patrimonio público". De hecho, califican de "un arriesgado salto al vacío" el atribuirles el delito de malversación a estos cinco condenados que no tenían responsabilidades.
Ahora tiene que ejecutar la sentencia la Audiencia de Sevilla y ordenar su ingreso en prisión.