El Tribunal Supremo rechaza todas las querellas contra el Gobierno por su gestión del COVID-19. Así, la Sala II del TS ha acordado la inadmisión a trámite de las 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses por distintos sindicatos, asociaciones, familiares de víctimas y Vox contra el Ejecutivo. El Supremo considera que no está debidamente justificada la autoría de los hechos punibles atribuidos a los miembros del Ejecutivo.
No obstante, acuerda deducir testimonio de esas querellas y denuncias y remitirlas al Juzgado decano de los Juzgados de Madrid para que se incoen las causas penales que correspondan, o se acumulen a las que ya estén siendo o hayan sido objeto de tramitación.
En especial, según explica el auto del TS, esas investigaciones por los juzgados ordinarios deben incidir en las muertes en residencias de mayores, en la eventual omisión de las medidas de seguridad que se brindaron a los profesionales sanitarios o a los policías, y a una posible malversación de fondos públicos en la contratación de materiales fallidos o fraudulentos para combatir la pandemia.
La calificación jurídico-penal de un hecho no puede depender de la indignación colectiva por la tragedia"
Los magistrados señalan que cuando las diligencias que practiquen esos juzgados evidencien la existencia de indicios de responsabilidad contra algún aforado, será el momento de que el juez de instrucción, en su caso, eleve una exposición razonada sobre ellos al Supremo.
El auto analiza pormenorizadamente cada uno de los delitos atribuidos en las querellas y denuncias, como el de homicidio y lesiones imprudentes; delito contra el derecho de los trabajadores; prevaricación y malversación de caudales públicos. Entre los hechos denunciados destacaban que se hubiese permitido las concentraciones del 8-M días antes de la declaración del estado de alarma, y que no se hubiesen facilitado a los profesionales sanitarios o de las fuerzas de Seguridad del Estado equipos de protección adecuados.
Pero el tribunal apunta en el auto que "no deja de ser una obviedad afirmar que la calificación jurídico-penal de un hecho no puede hacerse depender de la indignación colectiva por la tragedia en la que todavía nos encontramos inmersos, ni por el legítimo desacuerdo con decisiones de gobierno que pueden considerarse desacertadas. Son otros los escenarios en los que la exigencia de ese tipo de responsabilidades tiene que hacerse valer".