El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) deja sin inmunidad a los eurodiputados Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí. En sus argumentos, el Tribunal General desestima todos los motivos formulados por los tres diputados, en particular sus alegaciones según las cuales el Parlamento incurrió en error al concluir que "el referido proceso judicial no se incoó con la intención de dañar la actividad de los diputados".
Para llegar a esa conclusión, el Parlamento se basó en diversos elementos, conjuntamente considerados, a saber, que los hechos imputados se habían cometido en 2017, mientras que los diputados adquirieron la condición de miembros del Parlamento el 13 de junio de 2019, así como que, por un lado, fueron procesados el 21 de marzo de 2018, es decir, en un momento en que la adquisición de la condición de diputado europeo era hipotética, y, por otro lado, ese procesamiento afectaba también a otras personas que no eran miembros del Parlamento.
Fuentes del Gobierno a laSexta, valoran con "satisfacción" el fallo y recuerdan que "Puigdemont y los demás líderes del procés que huyeron deben responder ante la justicia". Así, insiten en que los hecho sucedieron en 2017, "con Rajoy en Moncloa" y que en "estos años se ha visto cómo han cambiado las cosas en Cataluña con la gestión de Sánchez".
Poco después, en público, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha añadido que Puigdemont "debe presentarse ante la acción de la Justicia". "Esta sentencia es un respaldo indudable a las instituciones españoles, a la Justicia española y también al Parlamento Europeo. Y dejémonos ya de paños calientes, Puigdemont debe presentarse ante la acción de la Justicia; esa es su obligación como ciudadano", ha apuntado.
Según el Tribunal General, al examinar un suplicatorio de suspensión de la inmunidad, no corresponde al Parlamento analizar la legalidad de los actos judiciales españoles, pues esta cuestión es competencia exclusiva de las autoridades nacionales.
El Tribunal General también rechaza que el Parlamento europeo violara el principio de imparcialidad al levantarles la inmunidad. Subraya que la pertenencia del ponente encargado del examen de los suplicatorios de suspensión de la inmunidad al grupo político europeo de los conservadores y reformistas europeos (CRE) es en principio irrelevante para la apreciación de su imparcialidad.
Resuelve así el recurso que los líderes independentistas interpusieron en 2021 contra la Eurocámara por retirarles la protección parlamentaria, aceptando entonces el suplicatorio que pidió el Tribunal Supremo para poderles juzgar algún día en España por la causa del "procés".
El fallo se puede recurrir, por lo que sus efectos pueden no ser definitivos y sus consecuencias dependerán también de las decisiones que adopte el magistrado Pablo Llarena, que instruye la causa del 1-O en el Supremo. Poco después de conocerse el fallo, el propio expresident catalán ha manifestadoa través de Twitter que recurrirán y seguirán luchando en los tribunales.
Puigdemont, Comín y Ponsatí pedían la anulación de suplicatorio porque consideran que el Tribunal Supremo carece de competencias para solicitarlo, ya que en su opinión, quien debe juzgarles es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Además, denunciaban que el proceso careció de imparcialidad porque el presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo que estudió el caso es el español Adrián Vázquez (de CS), un partido que ha mostrado "hostilidad" hacia el independentismo.
El expresidente catalán y sus exconsejeros tenían reconocida hasta ahora la inmunidad de forma provisional, pero reclamaban que fuera permanente alegando que en España sufren "persecución política". Unos argumentos que la Abogada del Estado Andrea Gavela Llopis rechazó durante la vista que se celebró en el TGUE el pasado mes de diciembre, afirmando que el sistema jurídico español es "garantista".
La Eurocámara, por su parte, aseguró que ha tenido "un comportamiento extremadamente abierto y correcto con" Puigdemont, Comín y Ponsatí.