El Tribunal Supremo ha confirmado el veredicto del jurado que absolvió al expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y al exsecretario general del PP valenciano Ricardo Costa en la causa de los trajes del caso Gürtel.
El alto tribunal ha deliberado esta mañana sobre el recurso que presentó el PSPV contra el veredicto de no culpabilidad que adoptó un jurado en Valencia por cinco votos contra cuatro y la sentencia absolutoria que firmó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La Sala ha acordado, por mayoría de cuatro a uno y el voto particular del magistrado Joaquín Giménez, desestimar el recurso, al entender que en el jurado que absolvió "concurrían las mayorías necesarias para declarar no probados los hechos". Además, dice la Sala en una nota de prensa difundida una vez acabada la deliberación, "la motivación efectuada por el jurado no ha sido arbitraria, ilógica o irrazonable, al individualizar las pruebas y elementos de convicción que le han llevado al veredicto de no culpabilidad".
El recurso ha sido revisado en deliberación a puerta cerrada por la Sala integrada por los magistrados Carlos Granados, Joaquín Giménez, Juan Ramón Berdugo, Manuel Marchena y Antonio del Moral. La acusación popular en la "causa de los trajes" del caso Gürtel, ejercida por el PSPV-PSOE, recurrió ante el Supremo porque aquella decisión del jurado tenía "contradicciones" que revelan "el sinsentido del veredicto en su conjunto".
El recurso de casación interpuesto por quebrantamiento de forma, vulneración de precepto constitucional e infracción de ley pedía la anulación de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y, consecuentemente, solicitaba la condena a los acusados. Sin embargo, el fiscal no recurrió y ahora el Supremo ha confirmado la absolución del delito de cohecho pasivo impropio.
El veredicto absolutorio consideraba no probado, por cinco votos a favor y cuatro en contra, que la trama Gürtel regalara al expresident trajes y otros presentes por valor de 13.000 euros y al ex secretario regional del PP y diputado autonómico, por más de 10.000 euros, en consideración a sus funciones. El recurso señalaba que para que los hechos fueran declarados probados o no probados se requería una mayoría de siete votos, "al menos cuando fuesen contrarios" al acusado.
El Supremo le ha respondido que las mayorías, de cinco a cuatro, fueron suficientes. Los socialistas consideraban incuestionable "la confusión de conceptos y la irracionalidad de la motivación del jurado: confunde la capacidad de influir con la competencia en una determinada materia, en este caso contratación". El alto tribunal responde que la motivación del fallo "no ha sido arbitraria, ilógica o irrazonable".