Están legitimados

El TSJC avala que un padre puede frenar la eutanasia de un hijo aunque no haya relación

El contexto
El TSJC concluye que el "interés legítimo" de un padre en la vida de su hijo no se puede medir "con el número de horas que pasan juntos" o por la "mera existencia o no de convivencia" o la "percepción subjetiva de uno de ellos -en particular del hijo-, de que su relación es más o menos buena".

La fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en una imagen de archivoLa fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en una imagen de archivoEuropa Press
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido que un padre puede frenar la muerte asistida de un hijo aunque no tengan buena relación.

En un auto, el alto tribunal catalán ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía y por el padre de un hombre contra la decisión de una jueza de avalar su eutanasia. El hombre, de 54 años, solicitó la eutanasia alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra, por tres ictus y dos infartos que sufrió, en el movimiento y el habla, pero su padre logró paralizarla a través de un recurso ante el TSJC.

La decisión del alto tribunal catalán sienta un precedente a la hora de determinar si los padres están legitimados a oponerse a un proceso de eutanasia autorizado por la Comisión de Garantías de la Generalitat.

En este sentido, el TSJC concluye en su resolución que el "interés legítimo" de un padre en la vida de su hijo no se puede medir "con el número de horas que pasan juntos" o por la "mera existencia o no de convivencia" o la "percepción subjetiva de uno de ellos -en particular del hijo-, de que su relación es más o menos buena".

"Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos familiares prolongados podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial" que justificaría su legitimación para lograr que "su hijo se encuentre en las mejores condiciones posibles" y que su "bienestar esté garantizado", apunta la sala.

Por este motivo, el TSJC considera que la resolución de la jueza que avaló la eutanasia y descartó que el padre pudiera intervenir en el proceso es "prematura". Según la sala, no es "baladí" que el padre pueda tener interés en comprobar si durante el procedimiento de eutanasia la administración ha valorado correctamente la capacidad, entendimiento y voluntad libre y consciente de su hijo para decidir sobre la muerte asistida.

"No nos encontraríamos ante una intromisión intolerable (del padre) en torno a lo decidido por su hijo, sino precisamente ante lo contrario, la protección de su libertad para decidir", remarca.

En cualquier caso, el TSJC insiste en aclarar que el hecho de que considere que los padres están legitimados para recurrir no supone que su posición contraria a la eutanasia vaya a ser estimada, sino que "únicamente" se les reconoce la posibilidad de promover "que se controle" judicialmente si la administración "ha decidido conforme a derecho".

Para el TSJC, los "mayores riesgos" en este debate se encontrarían en la "situación opuesta", si no se reconociera la legitimidad de los padres, ya que se generaría una "imposibilidad" de revisar las decisiones administrativas "en casos en los que las facultades de libre y consciente decisión" de quienes piden la eutanasia "pudieran encontrarse o afectadas".

Y todo ello, resalta, teniendo en cuenta las "irreversibles consecuencias" de la ejecución de la muerte asistida. Según el alto tribunal catalán, los padres "pueden tener un interés legítimo" en torno al proceso de eutanasia de un hijo, ya que aunque no son titulares del derecho a la vida ajena, dependiendo del contexto pueden tener "una obligación legal" de actuar.

"Se trata de un interés propio que, incluso, puede entrar en colisión con las preferencias, en este caso del hijo, sin que ello elimine la pervivencia de ese valor autónomo", apunta.

El caso de este hombre de 54 años ha discurrido en los juzgados catalanes en paralelo al de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia cuyo padre logró paralizar in extremis en agosto pasado su muerte asistida, aunque finalmente la jueza ha autorizado la eutanasia de la chica y ha concluido que el padre no tenía legitimación para intervenir al considerar que es un derecho limitado a los casos de menores o discapacitados.