La Junta de Castilla y León ha anunciado nuevas restricciones en los municipios de Valladolid y Salamanca para frenar los contagios de coronavirus en ambas capitales. Unas medidas que, según recoge el Gobierno regional en un comunicado, entrarán en vigor este jueves, 3 de septiembre, y se centrarán en las limitaciones de aforo en diferentes ámbitos y de participación social.
El vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, ha explicado que "estas medidas son prácticamente las mismas que las que se aplicaban en la fase 1", aunque desde el Gobierno regional han puntualizado que no son normas tan restrictivas, recordando que no se limita la movilidad ni el acceso a los centros comerciales. Por su parte, Valladolid ha anunciado que recurrirá ante los Tribunales estas nuevas restricciones ya que considera que estas medidas son desproporcionadas y afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas
En los bares y cafeterías no podrá consumirse en el interior del local salvo en mesa y sentados. Las mesas no podrán ser de más de seis personas, con uso de mascarilla y guardando la distancia de seguridad interpersonal.
Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería, restauración o de terraza.
Lugares de culto y ceremonias
En los lugares de culto, así como las ceremonias nupciales, religiosas o civiles, deberá respetarse un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo.
La actividad en cines, teatros, auditorios, circos de toldo, plazas, recintos e instalaciones taurinas y espacios similares tendrán el mismo aforo que los lugares de culto.
Velatorios y entierros
En los velatorios deberá respetarse un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de diez en espacios cerrados.
Mientras que la participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
Actividades e instalaciones deportivas
La práctica de la actividad física y deportiva no federada al aire libre podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea.
En las instalaciones y centros deportivos podrá realizarse actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico.
La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. No se aplicará este límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
Reuniones de carácter privado o familia
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o familiar se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
Zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos
Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con una capacidad máxima de diez personas, incluidos los monitores, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
Respecto a estas restricciones, el Gobierno regional ha anunciado que se desarrollarán en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y las autoridades estatales, autonómicas y locales serán las encargadas de controlar que se lleve a cabo su cumplimiento.