La Audiencia de Barcelona ha absuelto a los dos hombres acusados de proferir amenazas e insultos homófobos contra un joven en un restaurante de Barcelona en 2019. Pese a reconocer la actitud "cerril e intolerante" de los acusados, la jueza consideró que las expresiones vertidas no alcanzan la gravedad necesaria para ser consideradas delito de odio.
El incidente ocurrió durante el Día del Orgullo Gay en un local de comida rápida de la ciudad. La víctima, un joven que asistía a la celebración, fue increpada por su vestimenta por uno de los acusados, quien le dijo: "Te voy a hacer heterosexual a hostias" y "te voy a dar tal hostia que la mariconería se te quita". El segundo acusado, un vigilante de seguridad, no intervino para detener el ataque verbal.
El joven denunció el incidente, describiendo el trauma que le causaron las amenazas y su motivación para actuar en memoria de las personas LGTBIQ+ que han sufrido violencia. "Me ha agredido verbalmente y me ha hecho una herida que la tengo aquí, he denunciado por toda la gente que ha muerto por ser gay", declaró.
Sin embargo, cinco años después, la jueza ha determinado que las expresiones del agresor, aunque "desafortunadas y reprobables", no constituyen un delito de odio. La sentencia argumenta que los insultos se centraban en la forma de vestir de la víctima, no en su orientación sexual. Además, el tribunal ha desestimado la acusación de la Fiscalía que solicitaba 18 meses de prisión para el agresor y 9 meses para el vigilante por no intervenir.
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Saúl Castro, abogado especializado en derechos LGTBIQ+, ha calificado la sentencia como "una vergüenza". Según él, los acusados deberían haber sido condenados por delito de odio y amenazas agravadas por LGTBIfobia.
Situación crítica en varios puntos
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El presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, además, ha aprobado este lunes una primera ayuda de 6.000 euros a todas las personas cuyas casas se hayan visto afectadas por la DANA.