El 6 abril es una fecha a marcar en nuestros calendarios, pues es entonces cuando comenzará el plazo para presentar a Hacienda la declaración de la Renta correspondiente a los ingresos obtenidos en 2021. ¿Hasta cuándo se podrá realizar el trámite de la Agencia Estatal de Administración Tributaria?
La declaración de la Renta al ente de Derecho público tiene unas fechas límites dependiendo de cómo se realice. Es decir, en el caso de ser a través de internet, este trámite se podrá gestionar hasta el 30 de junio. Desde ese momento, cualquier persona podrá presentar las declaraciones del IRPF y de Patrimonio. Sin embargo, si se hace por teléfono, el plazo es desde el 5 de mayo hasta el 30 junio.
Si por el contrario se prefiere realizar de forma presencial en las oficinas de Agencia Estatal de Administración Tributaria el plazo comprende desde el 1 hasta el 30 de junio. Tanto en el caso de hacerlo presencial como por teléfono, será imprescindible contar con una cita previa. Por otro lado, a pesar de que la campaña finaliza el 30 de junio, los ciudadanos que presenten las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria deberán hacerlo tres días antes, es decir, hasta el lunes 27 de junio.
Cómo presentar la declaración de la Renta por internet
Todo aquel que se decante por presentar la declaración de la Renta 2021/2022 a través de la página web de Hacienda, deberá tener alguno de estos elementos para poder culminar con éxito el procedimiento:
-Cl@ve PIN: se deberá indicar el código de la clave de acceso y el PIN del código de acceso. Si los datos son correctos, deberás pulsar "Confirmar" para continuar con la tramitación.
-Certificado electrónico o DNI: al seleccionar esta opción el navegador solicitará el PIN y, a continuación, se muestra el almacén de certificados para poder elegir el que corresponda (autenticación o firma).
-Número de referencia: la Agencia Tributaria te proporcionará un número de referencia que te permitirá gestionar todos los Servicios de Renta. Eso será posible introduciendo el DNI electrónico.
Las claves de la declaración de la Renta de 2021/2022
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de España, popularmente llamada Agencia Tributaria, ha incluido este año unas novedades en este trámite. Así, las rentas más altas deberán hacer frente este año un aumento en el IRPF. De este modo, aquellos que en 2021 hayan obtenido unos rendimientos superiores a 300.000 euros tendrán un incremento de dos puntos porcentuales en el tipo estatal, en concreto, hasta el 47%.
En este sentido, cabe señalar que el IRPF es un impuesto de carácter progresivo, por lo que si alguien cobra 30.000 euros al año, los primeros 12.450 euros estarán gravados con un 19%, a los siguientes 7.750 euros (hasta 20.200) se les aplica un 24% y los 9.800 euros restantes (hasta los 30.000 euros del ejemplo) tributarán al 30%. Es decir, no por cobrar 30.000 euros al contribuyente se le aplica un 30% a la cantidad total, que es un error bastante habitual.
Por otro lado, el ente de Derecho público de la Administración General del Estado ha aumentado la vigilancia sobre las inversiones en criptomonedas para evitar la evasión y el fraude fiscal: se debe reflejar en la declaración de la Renta este tipo de inversiones siempre que los ingresos obtenidos superen los 1.000 euros, tanto si se tienen en España como en el extranjero.
Otra de las claves nuevas de este año es la inclusión de un nuevo tramo que afecta a las rentas procedentes del ahorro. Las rentas del ahorro engloban los dividendos procedentes de acciones, las rentabilidades obtenidas por inversiones en fondos o los depósitos a plazo fijo, por ejemplo.
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Así, se ha incidido un cuarto tramo que afecta a aquellos que superen los 200.000 euros, a los que se les aplicará un tipo del 26%. Por otro lado, el trámite de este 2021/2022 favorecerá a los afectados por la erupción del volcán de La Palma con la exención de tributar el IRPF. El Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos que superen los 10 millones de euros también ha sufrido una variación: pasa del 2,5% al 3,5%.
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