La Inspección Técnica de Vehículos se endurece año tras años para asegurar que todos los vehículos que circulan por territorio español lo hagan de forma segura. Tras las modificaciones que se aplicaron el pasado junio, a partir de 2022 se exigirán nuevos documentos para poder superar la prueba.
Además de la Tarjeta de Inspección Técnica y del permiso de circulación del coche, será necesario presentar de manera obligatoria el DNI del titular del vehículo -será suficiente con una fotocopia y no será necesaria la presencialidad del propietario-.
Además, también se exigirá estar en posesión de un seguro y será necesario presentar la documentación que lo acredite. Estos dos documentos serán vitales para superar la ITV.
Estas dos nuevas exigencias se añaden a las que se aplicaron a partir del pasado 1 de junio de 2021. La primera de ellas tiene que ver con el funcionamiento del ABS en vehículos que no estén obligados a llevarlo. En caso de que un vehículo que no esté obligado a tener ABS lo instale y por este motivo se le encienda el testigo de funcionamiento será catalogado como 'defecto grave'. Hasta ahora, se trataba de una infracción leve que no suponía motivo de rechazo.
Asimismo, a partir de esa fecha los agentes pueden acceder a los datos del permiso de circulación de nuestro vehículo a través del registro general de la DGT en caso de que no los portemos de forma física en el coche. Por último, el posible desprendimiento de los espejos retrovisores pasa a considerarse defecto grave.
Estas son las multas por no tener la ITV en vigor
Tener la ITV caducada puede suponer motivo de multa. Según datos de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, hasta 2,5 millones de vehículos en España no tiene póliza de seguro, por lo que con las nuevas condiciones podrían no poder pasar la inspección.
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De acuerdo al régimen legal actual, no tener la inspección técnica al día puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso; mientras que no tener el seguro obligatorio vigente puede implicar una multa que varía desde los 601 euros a 3.005 euros, según el tiempo sin asegurar y la reiteración de la infracción.
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