La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la absolución de dos activistas de Femen que se encadenaron al altar de la catedral de la Almudena y las ha condenado a una multa de 2.190 euros a cada una por un delito de profanación.
El juzgado de lo penal número 23 de Madrid había absuelto a las dos mujeres de un delito de odio y varios contra los sentimientos religiosos.
La Audiencia considera sin embargo que "no puede considerarse amparada en la libertad de expresión la conducta de las acusadas", ya que eligieron un templo católico simbólico de Madrid "para realizar los actos físicos gravemente ofensivos y vejatorios para los sentimientos de los católicos".
Se aseguraron además, continúa la sentencia, de que tendrían "la máxima repercusión pública posible", ya que iban a acompañadas de periodistas que grabaron su actuación y las imágenes se difundieron en numerosos medios, con lo que su acción "tenía por destinatarios a todos los católicos".
La sentencia absolutoria había sido recurrida tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, ejercida por la asociación Abogados Cristianos, que pedía también una condena por delitos de odio y por el delito de impedir, interrumpir o perturbar los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas.
La Audiencia lo descarta y explica que no se ha probado que el objetivo de la acción fuera "la humillación, el menosprecio, el insulto o el descrédito de los católicos" ni inducir a terceros a humillarlos y "menos aún a actuar de forma violenta contra ellos".
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