La Audiencia Provincial ha condenado a 25 años de prisión por delitos de asesinato y de tenencia ilícita de armas al hombre de 54 años que mató a su mujer a tiros, en el municipio de Guadahortuna (Granada) en junio de 2018.
La sentencia considera probado que tuvo intención de causarle la muerte y que actuó con alevosía, y, no estima que concurriera ninguna de las atenuantes propuestas, incluida la de confesión.
El caso fue juzgado en noviembre por la fórmula del jurado popular, que alcanzó un veredicto de culpabilidad por unanimidad. En sus conclusiones definitivas, tanto el Ministerio Público como la acusación particular, que representa a los intereses de la familia de la víctima, que tenía 43 años, pidieron para él una pena total de 28 años de prisión por la comisión de los delitos de asesinato y de tenencia ilícita de armas.
La fiscal defendió que la alevosía con la que actuó el condenado, que ha estado en prisión provisional por estos hechos, es "de libro" pues "no apunta a cualquier sitio, sino "a la espalda" y "a menos de un metro".
Una vez paralizada, le disparó, según agregó la fiscal con base en los testimonios de testigos y peritos que se escucharon en el juicio, un segundo tiro "casi inmediato y a corta distancia, al abdomen", y para "asegurarse la muerte", un tercero a la cabeza. El jurado asumió esta tesis y determinó que hubo alevosía y que se trató de un asesinato.
Respecto de la atenuante de confesión propuesta por la defensa, que mantuvo que fue un homicidio imprudente, la fiscal explicó que no existe porque el procesado, en su declaración ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, "habla de unos bichos" que se la aparecieron cuando disparó, si bien "no ha quedado acreditado" que "esta persona tuviera alucinaciones".
En su declaración, el condenado, al que también se le aplican las circunstancias agravantes de parentesco y de violencia de género, indicó que disparó cuando creyó que se le abalanzaban unas "hormigas muy grandes" tras consumir un litro de alcohol en su casa. En el proceso está representada como acusación popular la Junta en defensa del interés general.
Al procesado se le condena, en concreto, a 22 años y medio de prisión por el asesinato, y a dos años y medio por la tenencia ilícita de armas.
El condenado tiene, asimismo, que indemnizar a cada uno de sus tres hijos, una de ellos aún menor de edad, con la cantidad de 200.000 euros.
Relato de los hechos
Según refleja la sentencia, de fecha 17 de diciembre y contra la que cabe recurso, el acusado se dirigió al domicilio familiar el 16 de junio de 2018, en el que ya no vivía por su "inclinación" a la bebida, por lo que residía con su madre.
Portaba supuestamente un revólver para cuyo uso no tenía licencia. Con "el propósito de dar muerte" a la madre de sus hijos, al llegar cerca del domicilio familiar, divisó cómo ella estaba de espaldas, por lo que, "de forma sorpresiva", efectuó un primer disparo que le "alcanzó" en la espalda.
Ello le provocó "una parálisis súbdita de los miembros inferiores" a la víctima a la que, ya en el suelo, realizó un segundo disparo a la región abdominal. Por último, "con intención de asegurar la muerte" de ella, le descerrajó un tiro a quemarropa en la cabeza.
La víctima fue trasladada al Hospital de Traumatología de Granada, donde, a pesar de ser intervenida quirúrgicamente, falleció a las 17,30 horas del 17 de junio, por los politraumatismos causados por herida de arma de fuego.
"Una vez consumado su propósito", el condenado se dirigió a la casa de su madre, donde vivía, y una patrulla de agentes de la Guardia Civil fue al lugar de los hechos, donde un vecino les indicó hacia dónde había ido.
Al estar el domicilio en un barrio con calles angostas, los guardias civiles se dirigieron a pie y, cuando divisaron al hombre, le dieron la orden de alto, ante lo que, en un primer momento, él mostró una "actitud huidiza".
Alcanzado por los agentes, "obedeció la orden de detenerse, alzó las manos, y se dirigió" hacia ellos diciendo: "madre mía, qué es lo que he hecho... ella está bien, ¿está viva?".
El Ministerio Público destacó en la vista oral que el matrimonio llevaba unos meses separado, lo que el acusado "no aceptaba, en la creencia de que su esposa pudiera mantener alguna otra relación con otra persona".
Por ello, en otras ocasiones, se había dirigido a ella "con insultos y admoniciones de muerte", a lo que ningún miembro de la familia prestó atención. En el momento de los hechos, el acusado "no presentaba ningún signo de haber ingerido bebidas alcohólicas" ni constaban en el informe forense "patología neurológica ni psiquiátrica", detalló la fiscal.
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