En un auto, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso del imputado contra la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia que le condenó a cinco años de prisión y al pago de una indemnización de 25.000 euros en concepto de daños morales por un delito continuado de abuso sexual.
La sentencia considera probado que el acusado, ejecutoriamente condenado en 2015 a un año y tres meses de prisión por un delito de corrupción de menores, fue pareja desde 2006 de la madre de la menor, conviviendo todos en el domicilio familiar.
Desde fecha indeterminada y hasta el fallecimiento de la madre de la pequeña, ocurrido el 11 de noviembre de 2012, el imputado aprovechó para cometer los abusos sexuales las ocasiones en que se quedaba en el domicilio familiar al cuidado de la menor, para la que representaba su figura paterna.
"En numerosas ocasiones y con ánimo libidinoso", el condenado tocaba a la menor los pechos y genitales y una vez le hizo ver una película pornográfica y le dijo que hiciera lo que estaba viendo, de forma que la menor llegó a masturbar al acusado.
A consecuencia de estas vivencias, la pequeña, que tenía entre 6 y 12 años cuando ocurrieron los hechos, sufrió un trastorno de estrés postraumático crónico con pronóstico reservado, con alteraciones graves en el área de la sexualidad.
El Supremo considera la declaración de la víctima "creíble, espontánea, coherente y persistente en el tiempo", señalando que en su relato aportó "numerosos" datos sobre los incidentes vividos "que difícilmente pueden obedecer a un relato inventado".
Valorado en 200.000 euros
Roban 400 jamones ibéricos y 500 cañas de lomo en una empresa de Huelva
La empresa Jamones Eíriz, ubicada en Corteconcepción (Huelva), ha denunciado ante la Guardia Civil el robo de 400 jamones de Jabugo y 500 cañas de lomo de bellota. Todo ello valorado en unos 200.000 euros.