La sentencia condena al agresor como autor de un delito de violencia de género y otro de malos tratos, y no por el intento de homicidio por el que fiscal pidió nueve años de cárcel, ya que el tribunal señala que en el juicio no quedó demostrado que tuviera intención de acabar con la vida de su pareja cuando forcejeó con ella en el balcón.
El tribunal, por otra parte, ha acordado deducir testimonio para investigar si su esposa, la hermana de esta y un vecino de la zona pudieron incurrir en un delito de falso testimonio cuando declararon como testigos. Las dos primeras, la sala dice que es preciso investigarlas, ya que en el juicio oral, celebrado el pasado noviembre, cambiaron las declaraciones que habían hecho durante la instrucción del caso y las sustituyeron por otras que beneficiaban al acusado.
En el caso del tercer testigo, se pide así mismo que sea investigado porque realizó afirmaciones sobre lo que presenció el día de los hechos que no podían ser fruto de lo que veía, ya que, por la ubicación de su vivienda, en la misma calle, no podía observar lo que ocurría en el interior de la casa de aquel.
La sentencia declara probado que los hechos ocurrieron cuando el acusado, natural de Marruecos, llegó al domicilio en el que convivía con su esposa, la hermana de esta y otra mujer. Se inició entonces una discusión entre los esposos por cuestiones económicas familiares, y en un momento de enfrentamiento trató de agredir a su mujer, en presencia de la hija menor de ambos y de su cuñada, que se interpuso entre ambos en un intento de evitar la agresión y que sufrió empujones y manotazos.
En un momento, ambos se encontraron en el balcón, desde el que ella pidió socorro, "actitud que motivó que el acusado la agarrase y tratara de evitar que siguiera gritando tapándole la boca con una de sus manos, mientras que con la otra la agarraba por el pecho". La sentencia da por probado que en ese forcejeo, la esposa llegó a tener arqueada la parte superior del cuerpo hacia el exterior del balcón, pero no considera demostrado que ello fuera consecuencia de un intento del procesado de defenestrarla.
La situación creada en el balcón fue observada por un testigo, dueño de un gimnasio ubicado en las inmediaciones, que acudió a la vivienda, ubicada en un tercer piso, y que, tras forzar la puerta, consiguió poner fin al enfrentamiento en espera de la llegada de la Policía Local. El tribunal tiene palabras de elogio para la actitud de esta persona y critica la "estrategia de desprestigio" que asumieron en el juicio tanto el acusado como su esposa y su cuñada.
La Audiencia ha condenado al agresor a un año de prisión como autor de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género, del que fue víctima su pareja, y a ocho meses de cárcel por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica, cometido contra su cuñada.
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