Según se argumenta en la sentencia, el procesado ha sido condenado como "autor criminalmente responsable de un delito continuado de abusos sexuales, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal".
También se le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio por un periodo de seis años. Asimismo se le impondrá la medida de libertad vigilada que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, por un periodo de seis años.
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Mientras, en concepto de responsabilidad civil el acusado deberá de indemnizar a la víctima en la cantidad de 10.000 euros, se concreta en el fallo judicial.
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