El Tribunal Supremo ha ratificado una sanción de 20.000 euros impuesta a la empresa gallega Termocalor por acoso laboral continuado a una trabajadora viguesa a raíz de que se quedó embarazada de su primer hijo, a la que ya había indemnizado con 3.000 euros por daños y perjuicios.
El alto tribunal ve probado que la trabajadora, Patricia Estévez, fue objeto de acoso laboral por razón de género entre 2008 y 2010 por parte de su jefe, quien a la vuelta de su baja por maternidad la relegó de su cargo, en el área de facturación, y la aisló en un "cuartucho" a modo de despacho, según relata la afectada.
Además, el jefe pedía a sus compañeros que no hablaran con ella, nunca se dirigía a ella por su nombre, sino que se refería a ella como "la chica", y le obligó a ir a un baño que utilizan operarios de la empresa para cambiarse.
En varias ocasiones su jefe le propuso que se fuera de forma voluntaria, porque "no estaba dispuesto a pagar la liquidación". "Nunca me planteé abandonar", asevera.
La sindicalista Mercedes Domínguez, de la Central Intersindical Galega (CIG), considera "un hito histórico" esta sentencia condenatoria porque situaciones de acoso de este tipo "se repiten casi a diario".
Domínguez reconoce la persistencia de Estévez, quien "decidió que valía la pena aguantar", habida cuenta de que la mayoría de casos, ha dicho, se acaba resolviendo con un acuerdo con la empresa, cuando no en una enfermedad profesional de la afectada que luego no es reconocida como tal
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