La sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, contempla la agravante de parentesco y la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, así como la prohibición del acusado de acercarse a menos de 200 metros de la víctima y de comunicarse con ella por un periodo de 10 años. Además, deberá pagarle 2.500 euros por daños y perjuicios.
A pesar de que el fiscal solicitaba diez años de prisión por el delito de abuso sexual, la Sala finalmente ha condenado al acusado a dos años y ha resuelto que, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.1.7ª del Código Penal, se compensa la agravante de parentesco con la atenuante de dilaciones indebidas, pero dado que esta se apreció como muy cualificada, se considera que, después de esa compensación, persiste un fundamento cualificado de atenuación que se ha de traducir en la aplicación de la pena inferior en grado.
Dado que se parte de un marco penal de prisión de cuatro a diez años, la pena inferior en grado comprende un marco penal que va desde los dos años hasta los tres años, 11 meses y 29 días.
La sentencia establece como hechos probados que en la noche del 23 y 24 de noviembre de 2008 la víctima se había ido a dormir a su habitación, pues ella y su marido dormían en habitaciones separadas. Aprovechándose el acusado de que su esposa se encontraba profundamente dormida como consecuencia de las pastillas que tomaba para conciliar el sueño, entró en el dormitorio de esta, se metió en la cama y, tras quitarle el pantalón del pijama y las bragas que llevaba puestas, abusó sexualmente de ella.
La mujer se fue despertando y recriminó a su esposo lo que había hecho, pero este último le dijo que se dejara de "tonterías", que era su marido y que siguiera durmiendo. A la mañana del día siguiente la mujer fue a la playa y comenzó a cortarse las venas de la parte anterior de la muñeca izquierda con un cristal que encontró en el suelo, con intención de acabar con su vida.
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No obstante, cuando vio la sangre que le salía de la herida, pensó en su hijo y desistió de su iniciativa, por lo que llamó por teléfono a una amiga y se trasladó finalmente al hospital. La víctima, que hacía tiempo que se quería separar de su esposo, estaba en tratamiento psiquiátrico desde 1995 en la Unidad de Salud Mental, con tratamiento farmacológico de antidepresivos y ansiolíticos pues padece un trastorno distímico.
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