El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) estaba haciendo seguimiento del tribunal que juzgó a 'La Manada' desde abril del 2017 debido al retraso en los señalamientos de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esa comunidad autónoma.
Así consta en los acuerdos adoptados por la Sala de Gobierno del TSJN. En la reunión de la citad Sala del 22 de mayo de 2017 se acordó continuar con el seguimiento a la Sección segunda de la Audiencia Provincial por "retraso en el señalamiento de vistas".
Se hizo constar que el acuerdo fue adoptado por el presidente del Tribunal Superior de Justicia el 25 abril y tras el informe aportado por la presidenta de la citada Audiencia en relación con dicha sección.
Ese día, los miembros de la Sala de Gobierno acordaron que debían ser informados del resultado de ese seguimiento y unieron su decisión al expediente número 8/16.
Un mes después, en la reunión que mantuvo la Sala de Gobierno del TSJ de Navarra el 26 de junio, sus miembros pudieron estudiar el informe remitido por el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, José Francisco Cobo, que lo envió en cumplimiento del seguimiento que se había acordado sobre ese tribunal.
"La Sala de Gobierno queda enterada y acuerda continuar con dicha medida", reza el acuerdo, que quedó también unido, como el anterior, al expediente número 8/16.
La citada sala está formada por el presidente, Francisco Cobo, y los magistrados Raquel Fernandino Nosti y Ricardo Javier González.
Este último, autor del voto particular favorable a la absolución de los acusados y que ha levantado polémica por los comentarios que hacía en relación con las víctimas de abusos y, en concreto, por su opinión sobre la víctima de esa violación, asegurando que el acto se desarrolló en un "ambiente de jolgorio y regocijo de todos ellos".
Ricardo González ya había sido sancionado hasta en cuatro ocasiones por retrasos en sus resoluciones entre finales de los años noventa y principios de los 2000, cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Bilbao.
Según las sentencias del Tribunal Supremo, las sanciones impuestas a González sumaron más de 350.000 pesetas de multa y una de ellas, del año 2003, supuso la suspensión por un periodo de seis meses debido a la comisión de una falta muy grave de retraso injustificado y reiterado en la tramitación y resolución de procesos.