El Consejo de Ministros aprueba hoy la eliminación del uso obligatorio de la mascarilla en el transporte público en todas las comunidades autónomas, pero se mantendrá en los establecimientos y servicios sanitarios tanto para trabajadores como visitantes.

En mayo de 2020 se instauró la obligatoriedad de llevar la mascarilla puesta tanto interiores como en exteriores con el fin de luchar contra la expansión del coronavirus. Paulatinamente se fue suavizando la norma. De hecho hoy, casi tres años después, solamente se exigían en el transporte público y en los centros sociosanitarios.

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Sí, pero...¿Dónde seguirá siendo obligatoria? Tendremos que seguir portando la mascarilla en cualquier establecimiento sociosanitario. Esto incluye farmacias, centros de salud y hospitales, clínicas de fisioterapia, de psicología o si acudimos a la consulta del dentista.

  • También será obligatoria en centros de mayores aunque, en este caso, solo para los trabajadores que estén en contacto con los residentes y para los visitantes cuando se encuentren en zonas compartidas.

Y entonces... ¿Dónde no tendremos que llevarla? Podremos quitarnos la mascarilla, por fin, en transporte público. Esto es, ni en el metro, ni autobús, ni taxi, ni avión, ni tren. Tampoco será obligatoria en las ópticas, centros auditivos y ortopedias.

¿Por qué ahora? Porque según la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, "nos encontramos en un momento de una enorme estabilidad en cuanto a la situación epidemiológica por la COVID 19" así como una clara tendencia a la baja.

Para nota. La incidencia acumulada actual para mayores de 60 años y a 14 días, es de 50,7 casos por cada 100.000 habitantes.