La aerolínea Iberia ha sido condenada a pagar 2.400 euros a una familia a la que no dejó embarcar en un avión por retrasos en un enlace. La sentencia ha sido dictada por el Juzgado Mercantil número 2 de Málaga después de que la asociación Facua acudiera a los tribunales debido a que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea se pusiese del lado de la compañía.
Según informa Facua, la aerolínea no dejó embarcar a un matrimonio y a sus dos hijos en un vuelo de enlace, lo que provocó que llegaran con más de ocho horas de retraso a su destino. Los hechos sucedieron en marzo de 2018 en un vuelo entre Nueva York y Málaga con enlace en Madrid: en el primer trayecto recibieron un mail y un SMS que les indicaba que se había producido un retraso, por lo que no llegarían a la hora para embarcar al segundo vuelo.
Cuando llegaron al aeropuerto de Barajas, se dirigieron a la puerta de embarque del segundo vuelo Madrid-Málaga y comprobaron que el avión todavía no había salido. Pese a ello el personal de Iberia les negó el embarque alegando que el retraso del anterior vuelo hacía imposible que volaran. Se les entregó su equipaje y se les indicó que se dirigieran al mostrador de atención al cliente.
Allí les ofrecieron viajar en un vuelo programado para el día siguiente, una opción que no era viable para los viajeros por temas laborales. Su última opción fue viajar en un autobús hasta Málaga, algo que provocó que llegaran ocho horas tarde a su destino.
Tras acudir a los tribunales de la mano de Facua, la justicia ha dado la razón a los afectados apelando al Reglamento Europeo 261/2004 que señala que los viajeros de vuelos retrasados pueden invocar el derecho a compensación por una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas.
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Así, Iberia deberá compensar a la familia con 2.400 euros -600 por pasajero-, así como los intereses legales desde la fecha de la reclamación y las costas.
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