El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Gijón ha dictado un auto en el que concede al padre de un joven de 14 años la facultad de decidir sobre la conveniencia de vacunarlo contra el coronavirus frente a las reticencias mostradas por la madre.
La Fiscalía de Gijón envió un informe al juzgado en el que se posicionó a favor de la inmunización del adolescente ante la falta de acuerdo de los padres del menor que decidieron acudir a los tribunales para resolver el conflicto.
La discrepancia se centraba en la oportunidad de vacunar a su hijo ahora o si era conveniente esperar a que hubiera más información sobre las posibles consecuencias que pudiera tener la vacuna para su salud para tomar esa decisión.
La Fiscalía entendía que, ante el desacuerdo entre ambos progenitores, debe vacunarse al adolescente atendiendo a las recomendaciones sanitarias y al propio interés del menor, incluido su entorno familiar y escolar. La madre se mostraba reticente porque alegaba que "a día de hoy, no están claras las consecuencias que pudiera tener la vacuna" para la salud del adolescente.
En este caso, la madre planteó que el asunto debía ser "meditado y debatido", y no abordarlo "a la ligera" por lo que, más que mostrarse en contra de la vacunación, lo que pretendía era que se suspendiera a expensas de que se aclare si va a tener o no consecuencias negativas.
El Ministerio Fiscal consideraba que las razones esgrimidas para suspender la vacunación carecen de justificación porque la indicación de la vacuna ha sido establecida por las autoridades sanitarias en beneficio de la sociedad y carece de fundamento sostener que se desconoce el beneficio que proporciona su inoculación. Para la Fiscalía, pretender que se desautorice judicialmente el juicio científico de las autoridades sanitarias, que consideran la vacuna segura y eficaz como lo fueron las de la rubeola, la poliomielitis o el sarampión, carece de fundamento.
Además, estimaba que la falta de colaboración para lograr estos objetivos de salud pública supone "un verdadero desajuste en el ejercicio de la patria potestad" que, en su opinión, interfiere de forma absolutamente injustificada en el beneficio e interés del menor.
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