La Audiencia Provincial de Barcelona ha acogido hoy la vista oral contra dos hombres para quienes la Fiscalía pide un año y nueve meses de cárcel por la presunta comisión de un delito de lesiones y otro relativo a los derechos fundamentales y libertades públicas. Solicita además el pago de 600 euros de multa para una mujer con la que la víctima estuvo discutiendo violentamente antes de la paliza. El Ministerio Público ha remarcado que, dados los insultos homófobos que le profirieron los acusados mientras lo apaleaban, la acción fue, además de físicamente lesiva, discriminatoria tanto para el afectado, en concreto, como para el colectivo homosexual.
Los hechos se remontan a la noche y madrugada del 6 y 7 de octubre de 2018. Según el relato del denunciante, el gerente y los trabajadores de la empresa para la que trabajaba tuvieron una cena y salieron de fiesta por la zona de ocio nocturno del Puerto Olímpico de Barcelona. Hacia las 05.00 horas volvieron a casa en un taxi y dos coches, pero el afectado tuvo una discusión con una mujer, también acusada. Salieron del coche con "mucha tensión" e incluso con "actitudes violentas" entre ellos y algunos gritos homófobos hacia el denunciante.
La discusión se produjo junto al domicilio del gerente de la empresa, que bajó para separarlos al igual que hicieron otros compañeros. Al quedarse solo con los dos hombres juzgados, éstos siguieron insultándole por ser homosexual y le propinaron patadas y puñetazos, incluso al caer al suelo, dejándolo aturdido en la zona industrial de Badalona, ha relatado.
Un mosso d'esquadra de la unidad que auxilió al denunciante ha detallado en el juicio que encontraron al chico junto a las vías del tren del paseo marítimo de Badalona, en un estado de nervios y ansiedad que impedía comunicarse con él. El agente ha dicho que el joven, que es musulmán, estaba fuera de sí: se inculpaba a sí mismo por lo que había pasado, diciendo que estaba "enfermo" por ser homosexual, que los golpes habían sido un "castigo de dios" y que sus padres lo habían sacado de casa siendo muy joven por ser gay; también intentaba autolesionarse con sus manos.
Para la Fiscalía, la agresión física constituye un presunto delito leve de lesiones, y la comisión de otro delito relativo a los derechos fundamentales y libertades públicas por el carácter discriminatorio y de odio hacia la sexualidad del agredido.
Los procesados han negado en el juicio haber apaleado a la víctima y aseguran que separaron al denunciante de la mujer porque el joven llegó a tirarle del pelo. También han añadido que el denunciante estaba bajo los efectos del alcohol y otras drogas y que, en ese estado, siguió gritando solo por la calle cuando se acabó la reyerta con la mujer.
Los letrados de los tres acusados han pedido al tribunal la libre absolución de sus clientes al considerar que la víctima, que es el principal testigo en el que se basa el Ministerio Público para las conclusiones, ha cambiado de relato varias veces durante el proceso y que, por tanto, carece de credibilidad para sostener la acusación.
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