Un segundo miembro de los cinco integrantes del grupo de WhatsApp 'La Manada', José Angel Prenda, condenado por la Audiencia de Navarra a nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual con prevalimiento contra una joven en los Sanfermines de 2016, ha acudido este lunes a la sede de los Juzgados de Sevilla para cumplir con su obligación de firmar semanalmente una vez que fueron puestos en libertad provisional.

Los miembros de 'La Manada' acuden a firmar al juzgado tras su puesta en libertad

Este ha entrado sólo en los juzgados a las 10,45 horas, saliendo cinco minutos después y marchándose de las instalaciones en una moto cuyo conductor le esperaba. La salida se producía rodeado por el tumulto de los medios de comunicación apostados a las puertas del juzgado, quienes le preguntaban si se encontraba tranquilo y bien, a lo que Prenda ha respondido afirmativamente. Los cinco condenados se encuentran en Sevilla desde el pasado sábado después de que abandonaran un día antes los centros penitenciarios en los que se encontraban recluidos.

Los encausados, según el auto de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra en la que ordenaba su puesta en libertad, establecía como obligación para los condenados comparecer todos los lunes, miércoles y viernes ante el juzgado de guardia de su residencia y cuantas veces fueren llamados por la Audiencia de Navarra, así como comunicar cualquier cambio de domicilio o teléfono. Cabe recordar que, además de la fianza de 6.000 euros, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado varias medidas cautelares para los cinco acusados.

Alfonso Jesús Cabezuelo, militar de 'La Manada'

En concreto, tendrán que designar un domicilio donde puedan ser hallados, así como un teléfono de contacto, con advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en tales domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria. También se fija para ellos la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, con obligación de hacer entrega del pasaporte de que disponga ante el tribunal dentro de los cuatro días siguientes a su puesta en libertad, así como la prohibición de obtenerlo en el futuro.