La norma, ratificada por el Congreso el 20 de marzo, además de la obligatoriedad del casco, de la prohibición de detectores de radares y de la subida de multas a los conductores bajo los efectos del alcohol, incorpora otras novedades, como la posibilidad de cortar una carretera o tramo por causas medioambientales, por ejemplo, de contaminación. Además, a partir de ahora se permite inmovilizar un vehículo si circula con niños sin sistema de retención infantil, que será obligatorio para todos los menores que no superen 1,35 metros de altura.

Igualmente, en los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo, mientras que se amplía a 20 días el periodo voluntario para pagar multas o realizar alegaciones, aunque renunciando con ello a la presentación de recursos.

Además, el texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias. No obstante, no concreta cómo se hará. Será el Reglamento General de Circulación posterior, que tiene previsto aprobarse en el mes de junio, quien deba dar forma a estos preceptos.

Durante la tramitación parlamentaria, también se acordó que los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación. Esta normativa establece también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.

Por último, esta norma permitirá a la Dirección General de Tráfico (DGT) solicitar a sus organismos homólogos información sobre conductores para poderles remitir a sus países las multas. Con esta iniciativa se pretende 'cercar' a los infractores extranjeros que eluden las multas de tráfico españolas. Del mismo modo que los países de la Unión Europea podrán hacer con los conductores españoles que cometan infracciones en sus territorios.

Por otra parte, la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial introduce nuevos preceptos que todavía no entran en vigor porque necesitan un desarrollo normativo posterior como son la prohibición de la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla.

También se regularán más adelante las modificaciones relativas a los límites máximos y mínimos de velocidad para conductores, vehículos y vías; la restricción de acceso o de circulación por carreteras urbanas e interurbanas a determinados vehículos por motivos medioambientales; la modificación de las restricciones o limitaciones para conducir en los procesos oncológicos, entre otros.