Varias comunidades flexibilizan sus medidas antes de que lleguen las Navidades y algunas de las restricciones afectan a la hostelería y al comercio. Hay cambios sobre todo en la apertura y horarios de los restaurantes.
Andalucía
Así, por ejemplo, Andalucía a partir de este sábado 12 de diciembre inicia una primera fase de desescalada.Los horarios de los negocios de hostelería y los comerciales, que ahora a las 18.00 horas tienen que estar cerrados, se amplían de manera progresiva.
La hostelería mantendrá su limite horario, pero los comercios sí podrán abrir hasta las 21:00 horas. A partir del 18 de diciembre y hasta el 10 de enero, ya sí, bares y restaurantes podrán abrir desde primera hora de la mañana hasta las 18:00 horas, y desde las 20:00 horas hasta las 22:30 horas, evitando así, según el presidente de la Junta, Juanma Moreno, "unas horas muy sensibles para el contagio".
Asturias
En el Principado de Asturias, se permitirá abrir la hostelería a partir del 14 de diciembre, pero no podrá servirse en barra, las mesas tendrán que ser de cuatro comensales y tendrá que haber una distancia de dos metros de silla a silla de las distintas mesas, para garantizar una distancia de metro y medio.
También a partir de ese lunes podrán reabrir los comercios de más 300 metros con un aforo del 30% tanto en el interior de las tiendas como en las zonas comunes.
País Vasco
Los bares y restaurantes de Euskadi volverán a abrir sus puertas a partir de este sábado 12. En las localidades con tasa de incidencia acumulada en 14 días inferior a 500 por 100.000 habitantes. Estos establecimientos podrán abrir sus terrazas al aire libre, con aforo total, y el servicio en su interior con un aforo máximo del 50%. Queda prohibido el consumo en barra o de pie. Las personas usuarias deberán realizar su consumición sentadas en torno a una mesa.
Se fija el horario de cierre de la hostelería a las 20:00 horas y no se podrá abrir antes de las 06:00 de la mañana. Se exceptúan los servicios pertenecientes a áreas de servicio.
Cataluña
Cerrada perimetralmente hasta el 21 de diciembre. La restauración: hasta las 21.30 horas y recogida en el establecimiento: hasta las 22 horas. Las entregas a domicilio: hasta las 23 horas Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesas diferentes, excepto que se trate de grupos burbuja. En el caso de las terrazas al aire libre no hay límite de aforamiento. Interiores, abiertos con el 30% del aforo con buena ventilación y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas. El consumo se debe realizar siempre en la mesa.
Comercios y actividades abiertas al público: entre las 06.00 horas y las 21.00 horas. Los comercios que abren las 24 horas del día tienen que cerrar a las 21 horas y no pueden abrir hasta las 6 horas. La medida afecta a las tiendas al alcance, las anexas a las gasolineras, las ubicadas en municipios turísticos y los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados de superficie de venta.
Centros comerciales cerrados, pero pueden abrir las tiendas de primera necesidad como farmacias, ortopedias, ópticas, centros veterinarios, de alimentación, bebidas, productos higiénicos, establecimientos dedicados a productos de telecomunicaciones, servicios de peluquería y de estética, equipamientos culturales y deportivos. También pueden abrir aquellos establecimientos con acceso directo e independiente desde la vía pública, con un aforo máximo del 30%.
Comercios minoristas abiertos: aforo del 30%. Se excluyen de esta limitación los establecimientos de alimentación, de bebidas, de productos higiénicos, otros productos de primera necesidad, servicios esenciales, farmacias, ortopedias, ópticas, centros de veterinaria, concesionarios de automóvil, telecomunicaciones, peluquerías y centros de estética, y centros de jardinería.
Madrid
El cierre perimetral está hasta el 14 de diciembre y se mantienen restricciones a movilidad en cuatro zonas de la Comunidad donde la incidencia del coronavirus es más alta. De 00:00 a 06:00 toda la actividad debe estar cerrada y no se podrá salir a la vía pública. El máximo de personas para reunión es de 6.
Hostelería, 50% interior bares, 75% terrazas y servicio en barra no autorizado. Comercios, centros comerciales y parques comerciales al 75%, salvo farmacias y centros médicos.
Castilla y León
La Junta de Castilla y León permite abrir la hostelería, los gimnasios y los centros comerciales desde el viernes, día 11 de diciembre, en toda la comunidad autónoma salvo en Burgos ciudad. El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 por ciento del aforo y se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas.o.
En el caso de los grandes establecimientos comerciales abrirán con un aforo máximo de un tercio y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma y para el deporte en establecimientos cerrados será obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento. El aforo máximo será del 33 por ciento
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En la ciudad de Burgos, la hostelería mantiene la suspensión de las actividades de restauración en el interior de los establecimientos y sólo se permitirán estas actividades en terrazas al aire libre. Del mismo modo, permanecerán cerrados los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio, los comercios de más de 2.500 metros cuadrados y las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos.