El jurado popular del juicio a Rodrigo Lanza por la muerte de Víctor Laínez ha declarado al acusado culpable de homicidio imprudente a pesar de la petición de la Fiscalía que exigía una condena de 25 años de prisión por asesinato con agravante ideológico.
Pero, ¿qué diferencias hay entre un homicidio imprudente y un asesinato? Aunque el resultado de ambas es la muerte de una persona por la intervención de otra, las diferencias residen en las circunstancias del hecho.
En el caso de un homicidio, que aparece regulado en el artículo 138 del Código Penal, existen dos tipos. En el primero, llamado homicidio doloso, el autor sí tiene intención de matar a la otra persona.
En el segundo caso, llamado homicidio involuntario, la muerte de la persona es provocada por un acto imprudente del causante, es decir, un accidente, una negligencia o un error de la persona provoca la muerte de otra.
El asesinato, en cambio, está regulado por el artículo 139 del código penal, y se trata de un delito más grave ya que intervienen varios supuestos como la alevosía, el ensañamiento y la concurrencia de precio, recompensa o promesa.
La alevosía se da cuando el asesino utiliza algún método para privar de defensa a la víctima como puede ser actuar de noche o llevar a la víctima a algún lugar donde no pueda pedir ayuda de terceros.
El ensañamiento se da cuando el agresor produce un sufrimiento inhumano a la víctima que no es necesario para acabar con su vida. Un ejemplo de este supuesto sería cuando el autor apuñala a la víctima reiteradamente antes de morir para provocarle más sufrimiento.
El tercer supuesto es la concurrencia de precio: ésta se da cuando el asesino mata a una persona para obtener una recompensa. Normalmente se da cuando el móvil del crimen es económico.
Así, el jurado popular que ha juzgado a Rodrigo Lanza le ha declarado culpable por "el hecho delictivo de haber causado intencionadamente lesiones a Víctor Laínez con resultado no buscado de muerte", es decir homicidio imprudente o involuntario.