La sentencia contra los cuatro miembros del grupo de WhatsApp de 'La Manada' que fueronjuzgados en Córdoba del 18 al 21 de noviembre por un presunto abuso sexual a una joven en la localidad cordobesa de Pozoblanco se notificará el día 4 de junio.
Este caso se remonta a mayo de 2016 y es anterior al caso de los Sanfermines de ese mismo año, por el que ya han sido condenados a 15 años de cárcel por violaciónjunto a un quinto miembro más del grupo.
Así, el jueves 4 de junio, el magistrado notificará la sentencia en los juzgados a las partes personadas en este caso, así como a los cuatro acusados en sus respectivas prisiones. En concreto, el exagente de la Guardia Civil A.M.G.E. se encuentra en la cárcel de Sevilla I; J.A.P.M., en Puerto III, en El Puerto de Santa María (Cádiz); y los otros dos procesados en este caso, A.J.C.E. y J.E.D., están internos en los centros penitenciarios de Topas, en la provincia de Salamanca, y Huelva, respectivamente.
La Fiscalía rebajó de siete a seis años su solicitud de pena de cárcel, de modo que pide para los cuatro acusados penas de dos años de prisión por los tres que inicialmente pedía por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales hacia la joven, cuatro años más por otro delito contra la intimidad por la difusión del vídeo y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por supuestamente causar lesiones leves.
El Ministerio Público también pide para la víctima como responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria que deberán pagar los acusados de 4.500 euros por su curación y 6.000 más por los daños morales causados.
Lo que piden las acusaciones particular y popular
En cambio, la acusación particular pide dos años y seis meses de cárcel, órdenes de alejamiento por cinco años y un año de libertad vigilada por la supuesta comisión de delito continuado de abusos sexuales; así como cuatro años y tres meses de cárcel por delito contra la intimidad. A esto añade una indemnización de 3.600 euros por las lesiones sufridas y 80.000 euros por el daño moral ocasionado.
La Asociación Clara Campoamor, que representa la acusación popular, solicita para uno de los procesados, A.J.C., hasta los cinco años de cárcel por la supuesta comisión de un delito de agresión sexual, en vez de los dos años y seis meses que pedía por abusos sexuales.
Por su parte, la defensa solicitó la absolución. Como pena alternativa, en caso de no considerarse la anulación del vídeo que grabarondurante los hechos, que J.A.P. cumpla dos años de cárcel por un delito de maltrato de obra en concurso con un delito contra la intimidad; una multa de 180 euros para J.E. por un delito de maltrato de obra, y para los otros dos, A.M.G. y A.J.C., penas de seis meses de prisión por delitos contra la integridad moral.
El vídeo que grabaron los acusados, clave en el veredicto
La admisión como prueba o no del vídeo grabado durante los presuntos abusos sexuales a la joven es importante en el proceso. Las acusaciones pedían que se aceptara como prueba mientras que los acusados pidieron que no fuese aprobada.
De los cuatro procesados, J.A.P. (conocido como El Prenda) reconoció al final del juicio que grabó el vídeo y lo distribuyó "sin conocimiento" de los otros.
El juez acordó retrasar hasta la sentencia su decisión sobre la nulidad o no del vídeo que grabaron los acusados sobre los hechos, que se hicieron públicos en septiembre de 2016 en la investigación de la causa de Pamplona.
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La joven que denunció se mostró "clara, concisa y coherente" en su declaración, en la que ratificó "lo fundamental" de la denuncia interpuesta tras conocer la existencia del vídeo por la Policía Foral. Aunque admitió que en un primer momento no recordó lo ocurrido en el coche, posteriormente fue consciente de los hechos, respaldados por la grabación.
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