El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto, tras el recurso del Ministerio Fiscal, una rebaja de pena acordada en virtud de la ley del 'solo sí es sí' en favor de un hombre que fue condenado en 2006 a 173 años de cárcel por abusos y agresiones sexuales a 16 menores.
En 2006, la Audiencia de Baleares condenó a este hombre considerando probado que, aprovechando la situación de desamparo que vivían sus víctimas, les invitaba a su piso de Palma, donde les sedaba y aprovechaba el estado de semiinconsciencia y somnolencia para realizarles todo tipo de tocamientos, entre ellos felaciones. Además, llegó a penetrarles analmente en varias ocasiones.
Asimismo, en otras ocasiones llegaba a tener relaciones sexuales con menores, valiéndose de la relación que previamente había conseguido con los mismos. El procesado, además, grababa las acciones.
Más Noticias
- Última hora de la DANA | Aumenta a 218 la cifra de víctimas mortales por la dana en Valencia, con 13 desaparecidos
- Polémica por el toro de Jubilo de Medinaceli: división de opiniones en el pueblo tras la suspensión de la fiesta
- El ejemplo de Rotterdam: la "ingeniería holandesa", clave en la futura reconstrucción de Valencia
- Marruecos envía 31 camiones de desatranque y 70 efectivos para colaborar en las zonas afectadas por la DANA
- Los afectados por la DANA de Valencia podrán recuperar el dinero efectivo que perdieron
Con motivo de la entrada en vigor de la ley de libertad sexual, este individuo solicitó la revisión de la condena y en febrero de 2023, la Audiencia Provincial acordó una rebaja total de una decena de años. Contra el auto de revisión, la Fiscalía anunció su propósito de interponer recurso de casación por infracción de ley y ahora ha sido aceptado, por lo que el Alto Tribunal mantiene las penas en su día impuestas en sentencia firme y los límites de cumplimiento fijados.