La portavoz parlamentaria del Partido Popular, Cuca Gamarra, aseguró en su cuenta de Twitter que un asalto al Congreso como el vivido en Brasil sería considerado "un simple delito de desórdenes públicos" en España, citando a Pedro Sánchez.

Lo cierto es que eso no es verdad. Alfonso Pérez Medina, jefe de Tribunales de laSexta, explica que nuestro Código Penal ya tipifica una invasión de un parlamento dentro del capítulo de delitos contra organismos de la nación, con penas que van desde los tres hasta los cinco años de cárcel.

Un ejemplo podría ser el asedio que sufrió el Parlament de Cataluña en 2011 por parte de activistas del 15M. Los diputados no pudieron entrar, dificultándoles el acceso; tanto es así que el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, tuvo que entrar en helicóptero. Pese a ser absueltos en primera instancia por la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo les condenó a tres años de cárcel.

Si lo ocurrido en Brasil ocurriese en España, los radicales podrían ser condenados con hasta 25 años de cárcel mediante el delito de rebelión, considerando que habrían actuado con violencia y con intención de subvertir el orden constitucional. En España, solo hay un caso de condenados por delito de rebelión: los 33 procesados y 30 condenados por el 23F.