Según el Ministerio de Trabajo

Cuatro situaciones en las que pueden faltar al trabajo sin recibir sanción durante la DANA

En medio de situaciones extremas como la DANA, los empleados tienen derecho a ausentarse sin sanción en casos de riesgo para su vida, interferencias con las labores de rescate, pérdida de bienes esenciales o necesidad de cuidar de familiares.

Cuatro situaciones en las que pueden faltar al trabajo sin recibir sanción durante la DANA

En medio de la crisis actual de la DANA, muchas personas afectadas siguen buscando a sus seres queridos desaparecidos limpiando lodo de sus hogares y tratando de conseguir alimentos, pero han recibido llamadas de sus empleadores exigiéndoles que se presenten en sus puestos de trabajo. La vicepresidenta Yolanda Díaz ha denunciado esta situación y envió un mensaje claro: "Para toda la gente trabajadora lo principal es proteger su vida, no corran riesgos Los trabajadores pueden ausentarse del trabajo si hay un riesgo para su vida".

¿Cuándo no debes ir a trabajar?

El Ministerio de Trabajo ha dejado claro que la seguridad de los trabajadores es la prioridad. Existen varios casos en los que los trabajadores deben quedarse en casa.

Si tu desplazamiento implica riesgo de vida, debes quedarte en casa, por ejemplo si tienes que hacer un viaje peligroso para llegar al trabajo como cruzar una zona inundada. También debes evitar acudir al trabajo si tu desplazamiento podría interferir en las labores de rescate, en estos casos puedes teletrabajar si es posible, es decir, si tienes internet ordenador y si tu puesto de trabajo lo permite.

Debes quedarte en casa en situaciones extremas como si ha fallecido un familiar y necesitas encargarte de los trámites o si estás buscando a un miembro de tu familia desaparecido o limpiando lodo. También aplica si has perdido tu vivienda, coche o todas tus pertenencias y si tienes que cuidar de niños o ancianos debido al cierre de colegios o residencias

¿Cómo informar a tu empresa?

Es fundamental avisar a tu empresa de tu ausencia lo antes posible y justificar la imposibilidad de desplazarte. Puedes justificar tu ausencia por cortes de carretera, alertas meteorológicas o bloqueos en el transporte público.

Tienes derecho a ausentarte si estás en duelo o si has perdido bienes esenciales como tu vivienda o vehículo. El Ministerio de Trabajo también especifica que no habrá sanciones por falta de puntualidad ni interrupciones en estas circunstancias excepcionales.

Protección frente a sanciones

Si una empresa intenta penalizarte por ausentarte bajo estas condiciones, esas sanciones serán consideradas nulas. Si llegaran a despedirte y has avisado y justificado tu ausencia correctamente, la empresa estará obligada a reincorporarte y pagarte el salario correspondiente a los días en los que te despidieron.

El Ministerio de Trabajo ha dejado claro que de no respetarse la legalidad la inspección de trabajo intervendrá.

Por último, todos los trabajadores que no hayan acudido a sus puestos de trabajo no recibirán ninguna sanción y contarán con permisos retribuidos no recuperables.

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