El Tribunal Supremo ha avalado el veto de los apartamentos turísticos en las comunidades de vecinos que prohíben expresamente en sus estatutos la utilización de las viviendas para ejercer una actividad económica.
La Sala de lo Civil del alto tribunal ha dictado dos sentencias en las que considera que el alquiler de viviendas para uso turístico es una actividad económica, como ha recordado el programa Más Vale Sábado.
"Esto está muy bien en teoría, pero hay un señor propietario con un negocio abajo y si dice que no quiere, adiós. Es muy difícil", ha asegurado Gonzalo Bernardos, quien ha advertido de que "en una comunidad de propietarios siempre te encuentras dos díscolos, aunque sea por tocar las narices".
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En este sentido, el economista ha recordado que "hay que seguir unas reglas del juego. La primera, plantearlo al administrados de fincas. También ver que toda la comunidad está de acuerdo". "Yo recomendaría a aquellos vecinos que lo quieran hacer que no se desgasten en ello, que para ello pagan a un administrador de fincas. La clave, el gestor del edificio, que es el administrador", ha expresado, como puede observarse en el vídeo situado sobre estas líneas.