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Los abogados de la víctima, tras la absolución a Dani Alves: "Ha sentido que volvía al cuarto de baño donde ocurrieron los hechos"
Esther García y David Sáez, abogados de la víctima, han mostrado su sorpresa ante la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de absolver a Dani Alves de su condena por violación a su cliente.

Dani Alves ha sido absuelto este viernes de su condena por violación a una joven tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) alegando la falta de "fiabilidad del testimonio de la denunciante".
Una falta de fiabilidad que ha sorprendido a los abogados de la víctima, Esther García y David Sáez. "La sentencia lo que hace es desmontar la argumentación de la sentencia en primera instancia. La función de un Tribunal Superior de Justicia es la de revisar de la prueba, pero no entrar a hacer una nueva valoración de las pruebas. Viene a señalar que los argumentos de la sentencia son denostados y, directamente, admite el recurso de la defensa y absuelve al acusado", ha aseverado García ante los medios.
Además, la abogada ha explicado que su clienta se siente "muy decepcionada y muy triste" con la decisión, hasta el punto que "ha sentido que volvía al cuarto de baño donde ocurrieron los hechos". "¿Hasta qué punto una víctima de violencia sexual tiene que volver a explicar al detalle unos hechos tan traumáticos? Vamos a recurrir la sentencia, pero vamos a tener en cuenta que nuestra clienta se pueda sostener en el tiempo dada la forma traumática en la que se ha tomado la decisión hoy", ha añadido.
En la misma intervención, Sáez ha apuntado la sorpresa con la que han recibido la decisión de absolución a Alves, especialmente por los motivos de la misma: "Propone un concepto de credibilidad y fiabilidad alejado de lo que la doctrina jurisprudencial ha hecho últimamente. Extraña mucho ese nuevo concepto de fiabilidad cuando la credibilidad objetiva forma parte de la evaluación de cualquier sentencia y lo hace haciendo referencia a imágenes borrosas y lejanas de una discoteca cuando no forman parte del hecho punible".
"Evaluar lo que la víctima hacía antes de la agresión o no, no forma parte del debate. Nos sorprende que se vincule la credibilidad de la víctima a esas imágenes y a lo que se entiende la sentencia que es una mala explicación de los hechos de la sentencia del tribunal de instancia. La clienta solo puede mantenerse en un relato firme, que ha hecho siempre y que se tenga en cuenta sus manifestaciones, no las interpretaciones que salgan de la sentencia inicial", ha concluido.