Seguramente habrás oído que la izquierda está a favor de los okupas, es posible que incluso compartiendo ideología hayas podido caer internamente en esa retórica por el bombardeo de medios, políticos de derecha, youtubers y tiktokers alarmando sobre el peligro de la okupación y las medidas del gobierno que impiden desalojar a la gente que se mete en una casa cuando una indefensa abuela sale a comprar el pan. Delincuentes hay en todos los sitios, también en lo que respecta a la vivienda, algunos incluso se llaman rentistas, pero ese es otro tema. El problema no es que existan algunos casos de delincuentes que se dedican a okupar viviendas, el problema es que se trate este caso alarmando como si fuera una realidad social generalizada que nos hace a todos tener que vivir alerta por si cuando volvamos de vacaciones ya no tenemos casa. Porque eso es mentira. Una más de las muchas que se usan para intentar crear una realidad falsa que permita a la derecha volver a ocupar el poder del que se cree legítima propietaria.

Uno de estos pasajes de propaganda sobre la okupación —o inquiokupación como nuevo vocablo— se ha vivido esta semana por la votación del decreto ómnibus que incluía multitud de medidas sociales, entre ellas un paquete de propuestas para evitar los desahucios de familias vulnerables. Esto fue algo que el PP, VOX y Junts utilizaron para argumentar su oposición a la votación y que finalmente no fuera aprobado. De forma paradójica esa medida sigue intacta en el nuevo Real Decreto que Junts y PP votarán a favor. Pero lo importante es el relato deshumanizador que se utilizó para intentar transmitir que la medida incluía la protección de los okupas al prohibir los desahucios. Pues bien, vamos a explicar en qué consisten esas medidas para valorar la distancia que hay entre el relato que dice que este gobierno deja en indefensión a los pobres propietarios y a las abuelas que alquilan un piso para complementar la pensión y la literalidad de la norma.

Las medidas de protección en materia de desahucios, cuando son explicadas, dejan con cara de pánfilo a quien pretende ponerse en contra de ellas porque son tan leves, nimias, escasas y protegen a tan pocas personas que la crítica habría que hacerla en sentido contrario y acusar al Gobierno y a quien dice que con ellas no habrá desahucios. Las excepciones son de tal calibre que pocas personas pueden acogerse y las que pueden hacerlo están en una situación tan crítica que solo unos miserables pueden ponerse en contra de que se les proteja ante los grandes propietarios y millonarios que se dedican al rentismo.

Las medidas dicen lo siguiente: no se podrá desahuciar cuando posea un título legal de arrendamiento a quien certifique estar en una situación de vulnerabilidad extrema garantizada por los servicios sociales y el propietario tendrá derecho a una compensación cuando se suspenda el desahucio, que tendrá que abonar una comunidad autónoma. Es decir, el propietario verá cómo las instituciones le abonarán aquello que el inquilino en situación de extrema vulnerabilidad no puede abonarle hasta que se restituya su situación sobrevenida. Eso en cuanto a las personas que tienen un contrato de alquiler. Esto es lo que la derecha llama inquiokupas, que ya hay que ser miserable, pero así son ellos. ¿Pero qué pasa con los que okupan una vivienda sin tener un título legal? Lo primero es que sólo se podrá suspender el desahucio de quien okupe una vivienda estando en situación de extrema vulnerabilidad sin tener una alternativa habitacional si lo hace en una vivienda de una persona física y jurídica que tenga más de 10 viviendas y nunca si una de esas viviendas es la primera o segunda vivienda, porque eso se considera allanamiento. Las personas que se considera que están en esta situación son víctimas de violencia de género o que tienen a cargo personas con dependencia o menores de edad. Pero, además, esta suspensión del desahucio por okupación no se aplicaría si esa vivienda es primera o segunda vivienda de una persona con título de arrendatario aunque sea propiedad de una persona física o jurídica con más de 10 viviendas, si la entrada a la vivienda se ha realizado mediante la comisión de un delito, si la vivienda se está usando para actividades ilícitas o si la vivienda estuviera destinada a uso social.

Para poner un ejemplo, si una víctima de violencia de género o una familia con un niño con discapacidad intelectual severa consigue entrar en una vivienda de un fondo buitre o de un banco que no esté alquilada como segunda residencia ni sea una vivienda social y haya accedido sin forzar la puerta y se encuentre en una situación económica de extrema vulnerabilidad, no podrá ser desahuciada hasta que se le encuentre una alternativa habitacional. ¿Se imaginan que alguien se pueda oponer a algo así? Cada vez que escuchen hablar de okupación y medidas contra los desahucios acuérdense de este ejemplo.