Fin al 'Caso Sinner'

La AMA sanciona a Jannik Sinner por su positivo en dopaje: ¿Qué torneos se perderá?

La Agencia Mundial Antidopaje ha transmitido a través de un comunicado el acuerdo que ha alcanzado con Jannik Sinner. El italiano cumplirá tres meses de sanción por su positivo en clostebol en marzo de 2024.

Jannik Sinner en rueda de prensa tras ganar el Open de AustraliaJannik Sinner en rueda de prensa tras ganar el Open de AustraliaGetty

Fin a uno de los casos de dopaje más mediáticos de los últimos años. Hace poco menos de un año, Jannik Sinner daba positivo en clostebol, una sustancia prohibida que pertenece al grupo de los anabolizantes. El italiano alegó que se trataba de un fallo con su fisioterapeuta, que a través de una aerosol le había introducido esa sustancia en el cuerpo.

La Agencia Internacional por la Integridad del Tenis (ITIA) terminó desestimando el caso meses después de que se conociera el positivo pero la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) lo volvió a reabrir en septiembre de 2024 pidiendo entre uno y dos años de sanción para el número uno el mundo.

Sinner siempre defendió su inocencia pero, ante la insistencia de la AMA por continuar investigando el caso, ha terminado aceptando una sanción de tres meses. El periodo de suspensión comenzó el pasado nueve de febrero y terminará el 4 de mayo.

Es por ello, que el vigente campeón del Open de Australia se perderá todos los torneos que entren en ese periodo de tiempo (Doha, Indian Wells, Mutua Madrid Open, Condé de Godó...). Por fortuna para Jannik, ni Roland Garros ni Wimbledon se jugarán en esas fechas por lo que Sinner estará presente en uno de los momentos más importantes de la temporada

La AMA ha detallado el acuerdo a través de un comunicado: "La Agencia Mundial Antidopaje confirma que ha llegado a un acuerdo de resolución del caso del tenista italiano Jannik Sinner, por el que el jugador acepta un periodo de tres meses de suspensión por una infracción de las normas antidopaje que le llevó a dar positivo por clostebol, una sustancia prohibida, en marzo de 2024".

"La AMA acepta la explicación del deportista sobre la causa de la infracción, tal y como se expone en la decisión de primera instancia. La AMA acepta que Sinner no tenía intención de hacer trampas, y que su exposición al clostebol no le proporcionó ningún beneficio para mejorar su rendimiento y tuvo lugar sin su conocimiento como resultado de la negligencia de los miembros de su entorno. Sin embargo, según el Código y en virtud de los precedentes del TAD, un deportista es responsable de la negligencia de su entorno", concluye el escrito.