Nuevo decreto del Gobierno
Así funciona el nuevo aval público de alquiler que cubre impagos: el propietario podrá reclamar las rentas tras recuperar la casa
Los detalles El nuevo aval, publicado este miércoles en el BOE, garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que el dueño recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario.
Es una especie de 'Tranquiler', o 'Alquiler seguro', esos productos inmobiliarios privados tan anunciados en cuñas publicitarias que buscan proteger al propietario, pero dirigido desde el sistema público. Así es la nueva medida aprobada por el Gobierno encaminada a mejorar la situación de la vivienda y el mercado del alquiler que entrará en vigor este jueves. En concreto, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana va a crear una línea de avales del Estado que cubran los posibles impagos en el alquiler de vivienda.
Tras el fracaso parlamentario del primer decreto ómnibus, el Gobierno ha logrado sacar, mediante un acuerdo con Junts, un nuevo texto 'minibús' que recoge 29 de las 80 medidas que contemplaba al anterior. Sin embargo, esta línea de avales es una novedad que no se encontraba en el decreto anterior. La medida, que forma parte de otras doce medidas sobre vivienda, tal y como anunció Pedro Sánchez este martes, va dirigida a jóvenes y familias vulnerables. Pero hay una serie de requisitos.
Los especifica el nuevo Real decreto-ley, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en su artículo 76. Según epxlica, el aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan.
¿Cuáles son los requisitos y quiénes pueden obtenerlo?
Los avales se gestionarán por las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla con financiación finalista por parte del Estado. Estas son las claves de este nuevo aval:
- El inquilino deberá cumplir, como mínimo, uno de los siguientes requisitos: ser menor de 35 años o tratarse de una persona vulnerable de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente;
- Para obtenerlo, la renta del alquiler no podrá superar el índice estatal de referencia al alquiler, un indicador aprobado recientemente;
- Se tiene que depositar la fianza legal obligatoria del contrato y sus actualizaciones;
- Propietario e inquilino tienen que suscribir el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.
Otros colectivos
El texto publicado en el BOE recoge además otro punto que deja abierta la opción a ampliar la medida a otros colectivos. Se podrán incorporar, previa reglamentación, otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales. Eso sí, para ello, las CCAA tienen un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de este decreto, y se aplicará a los contratos vigentes a la entrada en vigor de este real decreto ley. El Ejecutivo busca con ello facilitar el acceso al mercado de alquiler y mitigar las dificultades económicas derivadas del acceso a la vivienda.
Por otro lado, el BOE ha publicado también este miércoles el cese de Eva María Cuesta Cano como directora de Gabinete de la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez.