El Gobierno corregirá la Ley de protección de la Infancia, conocida como Ley Rhodes, para subsanar una errata detectada en el texto y evitar confusión sobre los plazos de prescripción de delitos contra la libertad de los menores. Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales han explicado que se ha localizado una imprecisión en el redactado del artículo 132, donde se cita dos veces los delitos contra la libertad de los menores con dos plazos temporales de prescripción distintos, que quieren subsanar para clarificar el ámbito de aplicación.
Así, se especifica en un primer párrafo la redacción acorde con el legislador de establecer que para delitos como secuestros, torturas, aborto no consentido, lesiones y contra la inviolabilidad de la imagen o el domicilio el plazo de prescripción empieza a contar a partir de que la víctima cumpla 18 años. A continuación y como adelantó el medio 'Infolibre', se desliza una errata en el caso se vuelve a repetir el término genérico de delito contra la libertad, justo antes de especificar que se trata delos delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que en ese caso el plazo se fija a partir de que la víctima cumpla 35 años.
De esta forma, desde el Ministerio explican que se trata de una errata que debe matizarse dado que en el caso de los delitos referidos a la libertad sexual se busca ese plazo a partir de 35 años debido a las especiales características que presentan, de cara a que la víctima asuma lo ocurrido para denunciar. Sin embargo, la errata radica en el caso de los delitos contra la libertad, donde la intención del Ejecutivo es que ese plazo contara a partir de la mayoría de edad.
En consecuencia, desde el Ministerio asegura que se modificará la redacción de la Ley 'Rhodes' en cuanto sea posible, previsiblemente mediante una disposición adicional en la próxima ley orgánica que se aborde en el Congreso. Las mismas fuentes especifican que esta inadecuada redacción de la normativa en ningún caso perjudica a las víctimas del delito y no entraña efectos indeseados, dado que en la peor interpretación que podría hacer del texto la judicatura lo que entrañaría es que el delito tardara más años en prescribir.
James Rhodes: "Esto debía haberse arreglado hace meses"
En todo caso, la idea es cambiarlo porque no tiene sentido fijar que el plazo de prescripción empieza a contar a 35 años cuando no se dan las circunstancias especiales que presentan los delitos de carácter sexual. El Congreso aprobó en mayo de 2021 casi por unanimidad la Ley orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, que aumenta el plazo de prescripción de los abusos sexuales a menores, prohíbe los desnudos integrales para determinar la edad de los menores que migran solos y el uso de la contención mecánica en centros de menores infractores.
Tras conocerse esta polémica, el pianista James Rhodes, que da nombre a la Ley, ha opinado que el "error" que se ha descubierto en la redacción del texto legislativo, acerca del plazo de prescripción, debería haberse "arreglado hace meses". "Obviamente ha habido un error en la redacción de la ley. La Justicia debería haber sido consciente de esto mucho antes y arreglarlo hace meses", ha valorado Rhodes.
El músico considera que es "algo que afortunadamente se puede solucionar rápida y fácilmente" y confía en que se corrija "de manera urgente". Rhodes, cuyo apellido también da nombre a la ley de infancia, sufrió abusos sexuales durante su infancia y solo se atrevió a hablar cuando ya había superado la treintena. Por ello, celebró que con la nueva ley de infancia en España se ampliara el plazo de prescripción de estos delitos, de forma que empezara a contar a partir de que la víctima cumpliera los 35 años.