La Audiencia de Valencia ha condenado a 50 años de prisión -con un límite máximo de cumplimiento de 40- al hombre que asesinó a sus dos hijos menores de edad en Godella y al que un jurado popular declaró culpable. Declara al padre autor de dos delitos de asesinato con agravante de parentesco y le impone por cada uno de ellos 25 años de prisión, con un límite máximo de cumplimiento de 40 años, tal y como se recoge en el Código Penal, así como libertad vigilada durante 10 años.
La madre de los pequeños, coautora de los crímenes, ha sido absuelta de esos dos mismos delitos por la enfermedad mental que padece, aunque la sentencia le impone una medida de internamiento en un centro psiquiátrico máximo de 25 años por cada uno -también con un cumplimiento máximo de 40 años y libertad vigilada durante diez-.
Así, el juez que presidió el Tribunal del Jurado ha modificado la situación personal de la mujer, que se hallaba en prisión preventiva por estos hechos, y ha acordado su libertad provisional de forma inmediata. Ahora, la acusada abandonará el Centro Penitenciario de Picassent y será trasladada a la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica de Agudos del Hospital La Fe de Valencia para ser examinada y valorar su internamiento no voluntario en un centro.
Esta resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), fija un total de 600.00 euros de indemnización -300.000 cada uno de forma conjunta y solidaria- a favor de los abuelos de las víctimas por línea materna. Con esta sentencia, para la Audiencia queda probado que los padres asesinaron el 13 de marzo de 2019 a sus hijos. Las víctimas son un niño de tres años y una niña de solo seis meses a los que sus progenitores propinaron multitud de golpes, sobre todo en la cabeza, en la parcela de la casa de campo de Godella donde residían.
Así se llevó a cabo el crimen
Los acusados afirmaron estar convencidos de la existencia de una secta que les perseguía, asediaba y abusaba sexualmente del niño, hasta el punto de que se turnaban para realizer vigilias nocturnas para evitar ser atacados y que sus hijos fueran secuestrados, según precisa la resolución judicial. Impulsados por esas creencias e ideas, que el hombre inclucó a su compañera sentimental, decidieron que la única manera de proteger a los menores era someterlos a un "baño purificador", "terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir".
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De este modo -prosigue la sentencia-, la noche de los hechos, entre las 22 y las 4 horas, "actuando de común acuerdo en ejecución de tal plan, hacienda y dejando hacer el uno al otro", cogieron a sus hijos, los bañaron en la piscina de la casa y acabaron con su vida a golpes. La Audiencia señala que en el momento de cometer los crímenes la madre de los menores sufrió un brote agudo de esquizofrenia de tipo paranoide "que anulaba completamente las bases psicobiológicas de su imputabilidad (inteligencia y voluntad)".