Además, el Ejecutivo garantizará el acceso al procedimiento de asilo -o protección internacional- de todos los que desembarcarán este sábado en el puerto de Valencia. Si se admite su petición de asilo, se procederá a confirmar si son merecedoras de recibir el estatuto de refugiado, beneficiarse de protección subsidiaria, o bien, optar a otras formas de protección previstas en la legislación, como la autorización de residencia temporal por razones humanitarias.
Desde el Ejecutivo, la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, aseguró que el Gobierno de Pedro Sánchez "no descarta" otorgar el estatuto de refugiado a los 630 migrantes que viajan hacia Valencia en el barco Aquarius, aunque pide "prudencia".
"Se tendría que analizar caso por caso, no son refugiados porque sí", ha subrayado la coordinadora estatal del servicio jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Paloma Favieres, que ha asegurado que no existe ningún precedente de concesión del estatus de refugiado de manera masiva sin identificación individualizada previa.
"Lo normal sería que se les autorice la entrada por razones humanitarias previstas en la ley de Extranjería para no aplicar procedimientos de devolución, garantizar el acceso al procedimiento de asilo y luego, que el Ministerio del Interior haga el estudio de los casos individuales, sus necesidades, así como las circunstancias de su país de origen", ha agregado.
Según ha explicado, para recibir el estatus de refugiado la persona debe cumplir con los requisitos que establece la ley de asilo 12/2009 y la Convención de Ginebra sobre el estatuto de los refugiados firmada por España. Los último datos oficiales del Ejecutivo de Mariano Rajoy a los que ha accedido reflejan que se otorgaron un total de 626 estatutos de asilo en todo 2017.
La condición de refugiado, según establece dicho convenido internacional, la recibe una personas que "debido a un miedo fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía de un grupo social o de opinión política en particular" no pueden retornar a su país de origen.
Las personas que huyen de un conflicto bélico pueden obtener la protección subsidiaria. En 2017, 4.126 expedientes tuvieron una resolución favorable a la protección subsidiaria, principalmente personas procedentes de Siria (3.347), de acuerdo a los datos oficiales.
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Para aquellas personas en las que no concurre ninguno de los anteriores motivos, existe una tercera vía de protección, que es la que se basa en razones humanitarias. Los requisitos para aspirar a tenerla es haber sido, por ejemplo, víctima de trata con fines de explotación sexual, o por tener enfermedades que requieren tratamiento en España y no accesible en su país de origen.
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