La Audiencia de Valencia ha revocado el sobreseimiento provisional de la causa seguida contra el actor, director y productor de cine porno Nacho Vidal por un supuesto delito de homicidio imprudente cometido en el transcurso de un ritual con metilfubotenina, una sustancia presente en el veneno del sapo de la especie bufo alvarius. La Sección Tercera de la Audiencia considera que hay suficientes indicios para juzgar a Ignacio Jordà, conocido con el nombre artístico de Nacho Vidal, y otros dos investigados en relación a la muerte de un fotógrafo, el 28 de julio de 2019 en la localidad valenciana de Enguera, durante la celebración del referido ritual, del que habló en su entrevista con Évole.

Esta decisión llega tras estimar los magistrados el recurso de apelación presentado por las dos acusaciones particulares, de modo que se ordena al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Xàtiva, responsable de la instrucción, que dicte el correspondiente auto de procedimiento abreviado por un posible delito de homicidio por imprudencia grave. Respecto a Nacho Vidal, el tribunal enumera como indicios los hechos de que asumiera la función de "director del rito" y se atribuyera un "conocimiento especial sobre esta clase de ceremonias", que fuera quien dispusiera la dosis que debía inhalar el fallecido en una pipeta de cristal o que conociera la toxicidad de la sustancia y pese a ello no adoptara "ninguna precaución ni antes ni durante su administración".

También recuerda la resolución que el investigado conocía la incompatibilidad de la metilbufotenina con la ingesta de cocaína y es posible que hubiera tenido conocimiento de que el fallecido había tomado previamente esa droga (como confirmó la autopsia). Del mismo modo, la Audiencia destaca la "evidente carencia de conocimientos médicos" del actor, que quedó de manifiesto cuando la víctima se desmayó y pese a ello "todos continuaron con la ceremonia durante varios minutos". Por otro lado, el tribunal considera que también concurren indicios de delito para proseguir la causa respecto a los otros dos investigados, una prima y un amigo del actor, la primera por su posible contribución al presunto delito y el segundo por un posible encubrimiento tras el fallecimiento de la víctima.

Esta causa fue archivada provisionalmente por el citado juzgado de Xàtiva en mayo de 2023, que consideró que el fallecido, el fotógrafo José Luis Abad, se sometió voluntariamente a la ceremonia y que acudió a la misma habiendo consumido previamente cocaína (entre uno y cuatro días antes de la muerte y el mismo día, según el informe forense). Los análisis constataron que las sustancias tomadas por el fallecido se configuran como "alcaloides", que aumentan los efectos cardiovasculares, como la tensión arterial, la frecuencia cardíaca y las arritmias.

La forense indicó asimismo que el consumo de tales sustancias provoca una vasoconstricción coronaria, por lo que el flujo sanguíneo se compromete, no dilatando la coronaria y no produciéndose la debida irrigación sanguínea muscular, y señaló que la causa de la muerte fue el consumo de cocaína junto con la mencionada toxina del sapo, sin que se pudiese desvincular una de la otra.