El uso del teléfono móvil al volante es la causa de una de cada cinco muertes en accidentes de tráfico en España, a la altura de otras temeridades como el exceso de velocidad o el consumo de alcohol en carretera. Tanto es así, que las distracciones provocadas por responder llamadas, enviar mensajes o mirar las redes sociales mientras conducimos son responsables de 390 muertes al año en nuestro país y de cerca de 8.000 siniestros con víctimas, según el estudio 'Smartphones: el impacto de la adicción al móvil en los accidentes de tráfico', publicado por la Fundación Línea Directa y la Universidad de Valencia en 2019.
Ante estas escalofriantes cifras, el Consejo de Ministros del pasado 16 de marzo tomó la decisión de remitir a las Cortes Generales un proyecto de ley que reformará la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en vigor desde 2006. El objetivo, según explicala web de La Moncloa, es reducir a la mitad el número de fallecidos y heridos graves en la próxima década y avanzar hacia una cifra cercana al cero en el año 2050.
Uno de los principales ejes de este proyecto de ley tiene que ver, precisamente, con el uso del teléfono móvil al volante. Según la nueva norma, la DGT aumentará de 3 a 6 los puntos retirados del carnet por conducir sujetando el móvil con la mano, aunque no se esté haciendo uso de él. Hasta ahora, el agente de tráfico interpreta si estamos utilizando el móvil o no mientras lo llevamos en la mano, y en función de eso se aplica la multa. Sin embargo, a partir de que entre en vigor esta ley, será suficiente con que el agente vea que el conductor lleva el dispositivo en la mano para multarle, aunque el infractor alegue que no lo estaba utilizando en ese momento.
Pese a que el simple hecho de sujetar el móvil será sancionado con 6 puntos, los mismos que se pierden por conducir de forma temeraria, Pere Navarro, el director de la DGT, ha aclarado que no se trata del mismo delito, y que por tanto las sanciones económicas sí serán diferentes, señala Europa Press. De esta forma, mientras que la conducción temeraria se castiga con 500 euros y posibles consecuencias penales, el uso del teléfono móvil se sanciona con una multa de 200 euros y no es motivo para una pena de prisión.
Por otro lado, se mantendrá la sanción de 200 euros y 3 puntos para los conductores que utilicen el teléfono, pero que no lo tengan en la mano. Además, señalan desde Moncloa que se van a mejorar los medios de vigilancia en carretera, incorporando sistemas de cámara que identificarán automáticamente a los conductores que estén manipulando su móvil.
Este proyecto de ley podría estar tramitado y aprobado antes de julio de este año, aunque las fechas no son definitivas, según declaraciones del presidente de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso, Juan José Matarí, recogidas por EFE.
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Otras novedades: cinturón de seguridad, velocidad al adelantar, radares…
El endurecimiento de las sanciones por el uso del móvil al volante no es la única novedad del proyecto de ley presentado por el Consejo de Ministros. Estas son otras normas que entrarán en vigor a lo largo de este 2021, segúnla web de La Moncloa:
Elementos de protección
No llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco, los sistemas de retención infantil o cualquier otro elemento de protección se sancionará con 4 puntos del carnet de conducir, al igual que llevarlos mal colocados. Hasta ahora son 3 los puntos que se pierden por cometer esta infracción.
Velocidad de adelantamiento
Con la entrada en vigor de esta norma, los turismos y motocicletas tendrán prohibido rebasar en 20 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad para adelantar en carreteras convencionales.
Sistemas de detección de radares
Se sancionará con 3 puntos del carnet a quienes tengan en su vehículo mecanismos para detectar los radares o cinemómetros.
Recuperación de puntos
A partir de que se aplique la nueva ley, se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se hayan perdido todos los puntos.
Además, la superación de cursos de conducción segura se compensará con dos puntos adicionales, hasta los 15 y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años. Esto se aplicará cuando se cumplan todos los requisitos establecidos y cuando se tenga saldo positivo de puntos.
Exámenes de conducir
El uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados mientras se realiza el examen de conducir se considerará infracción muy grave y se sancionará con 500 euros. Además, el alumno no podrá presentarse de nuevo a la prueba hasta que se cumplan seis meses de la infracción.
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